Ordenan pagar sueldos y aportes por 20 años a un preso mendocino

El fallo de la Suprema Corte mendocina avaló el derecho del preso a cobrar por los trabajos de limpieza, mimbrería y otros en diversos penales. También ordenaron que el Gobierno deposite los aportes a ANSES.

Ordenan pagar sueldos y aportes por 20 años a un preso mendocino

Editó: Ana Montes de Oca

La Justicia reconoció el derecho laboral de un ex presidiario que, tras cumplir una condena de 20 años, reclamó el pago de los salarios correspondientes a los trabajos que realizó mientras estuvo detenido.

Como consignó Infobae, se trata de José Aníbal Molina, quien estuvo preso desde el 30 de mayo de 1996 hasta el 4 de marzo de 2016 y desarrolló tareas de limpieza, agricultura, mimbre y biblioteca en varios establecimientos penitenciarios de la provincia.

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Molina pasó por varios penales y realizó tareas diversas

El fallo, firmado el pasado 11 de abril por los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio de la Sala Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, marca un precedente en el reconocimiento de los derechos laborales de personas privadas de libertad. Además de ordenar el pago de los períodos reclamados, la sentencia establece que se deben incluir los intereses hasta la fecha de su liberación y gestionar con ANSES los aportes a la seguridad social omitidos.

La historia de Molina salió a la luz cuando intentó tramitar su jubilación tras recuperar la libertad y recibió una negativa: el sistema indicaba que no tenía los aportes necesarios. Fue entonces cuando recurrió al presidente de la Comisión de Derechos y Garantías de la Legislatura, quien intercedió con un pedido formal al Servicio Penitenciario provincial.

En su demanda, Molina detalló año por año las tareas realizadas: comenzó en 1996 en el taller de mimbre del penal Boulogne Sur Mer, continuó como fajinero en San Felipe, trabajó en la escuela del penal Almafuerte y en la Granja Penal Gustavo André como agricultor. Entre 2014 y 2016, sus últimos años tras las rejas, fue fajinero y bibliotecario ambulante.

Si bien el Gobierno provincial y la Fiscalía de Estado reconocieron que trabajó y cobró durante algunos períodos, señalaron que muchos de ellos no estaban registrados formalmente. La Corte, sin embargo, fue categórica: Molina firmó las planillas correspondientes y fue responsabilidad del Estado verificar su correcta registración. Según la sentencia, trabajó al menos 2.505 días entre 1996 y 2003 y otras 727 jornadas entre 2004 y 2016.

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