El abogado defensor sostuvo que la muerte de la joven podría haber sido ocasionada por mala práxis.
Dos imputados por la muerte de una joven tras la interrupción de su embarazo
María del Valle González López, de 23 años, falleció en 2021 en el Hospital Perrupato a causa de un cuadro de septicemia, tras haber solicitado la interrupción voluntaria de su embarazo en el Hospital Arturo Illia de La Paz.
Actualmente, la investigación del caso sigue en curso, ya que se sospecha que la joven recibió misoprostol, un medicamento para inducir el aborto, sin haber sido evaluada médicamente de manera presencial. En este contexto, en las últimas horas, dos profesionales fueron imputados por presunta malapraxis.
El abogado de la familia de María, Mariano Godoy Lemos, declaró a Radio Regional que la investigación busca determinar la responsabilidad médica en el diagnóstico y el procedimiento que condujo a la muerte de la joven.
"A través de una serie de pericias y el avance de la investigación dentro del proceso penal se busca la determinación de la responsabilidad médica de aquellas personas que intervinieron tanto en el diagnóstico inicial como en el procedimiento", explicó Godoy Lemos. El abogado agregó que las imputaciones iniciales fueron dirigidas a la licenciada en obstetricia Soria y al doctor Richardson, señalando que el último "le dio las recetas para el aborto, la medicaron a distancia sin haberla revisado".
Más declaraciones
Aunque las pericias médicas iniciales indicaron que el fallecimiento de la joven podría haber sido consecuencia de una complicación médica, como una placenta increta, esta posibilidad fue rechazada por varios expertos. En este sentido, el abogado defensor recordó que la hipótesis de que la muerte de María del Valle habría sido causada por una placenta increta no era compatible con el estadio del embarazo que ella presentaba.
El abogado anticipó que la causa podría derivar en cargos por homicidio culposo si se confirma la negligencia médica como causa directa del fallecimiento. A su vez, otro punto clave que destacó es que, según la ley, la paciente debía ser evaluada presencialmente antes de realizarse la práctica. "Todo se hizo por teléfono; no solo el médico que le recetó el misoprostol nunca la vio, sino que la licenciada en obstetricia que administró la medicación también lo hizo de manera telefónica", explicó Godoy Lemos.
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De esta manera, en el caso de la muerte de María del Valle González López, se habrían identificado fallos en el cumplimiento de varios protocolos de la Ley 27.610, que regula el acceso a un aborto seguro. Según la normativa, la paciente debe ser evaluada físicamente por un médico antes de la prescripción del medicamento, algo que no ocurrió, ya que el misoprostol fue recetado sin consulta presencial.
Además, la ley exige una evaluación psicológica o psiquiátrica previa, especialmente si la paciente lo solicita, lo que tampoco se habría cumplido. La administración telefónica del misoprostol también contraviene los estándares establecidos, ya que el procedimiento debe ser supervisado en un entorno adecuado. Por último, el seguimiento médico posterior, tras el malestar de la joven, fue insuficiente, lo que podría haber contribuido a su fallecimiento.
Qué dice la ley



