El Gobierno de Mendoza avanza con la Ley de Movilidad

El Poder Ejecutivo y la Secretaría de Servicio Públicos trabaja en la promulgación y en la reglamentación.

El Gobierno de Mendoza avanza con la Ley de Movilidad

Por: Mendoza Post

Después de ser aprobada por la Legislatura de Mendoza, el siguiente paso respecto de la Ley de Movilidad Provincial consiste en la promulgación de la norma por parte del Poder Ejecutivo. Luego, la Secretaría de Servicios Públicos deberá efectuar su reglamentación.

Ver: El Senado mendocino aprobó la Ley "Uber" 

"Tenemos la obligación como gobernantes de ver el bien común y el interés general", manifestó Natalio Mema, secretario de Servicios Públicos en la web del Gobierno.

La ley continúa con la reforma integral en materia de movilidad que inició el Gobierno provincial, luego de haber modificado integralmente la Ley de Tránsito y la normativa referida al control estatal de todos los servicios de transporte y la fijación de la tarifa según corresponda.

De esta manera se creó el Ente de Movilidad Provincial que será autárquico, con presupuesto propio y en donde estarán representados los usuarios, los sindicatos, los empresarios de cada sector y los municipios.

Los funcionarios Gabriela Testa y Natalio Mema.

La autoridad de aplicación, en este caso la Secretaría de Servicios Públicos, realizará una planificación, sistematización, reglamentación y organización del sistema de movilidad del transporte de pasajeros y de cargas y su accesibilidad; la prestación de los servicios públicos de transporte de pasajeros en forma directa o a través de su delegación administrativa a terceros, mediante las concesiones, permisos, licencias y/o habilitaciones que al efecto otorgue, a quienes acrediten el cumplimiento de los requisitos fijados en esta ley.

De esta manera, surgen nuevas denominaciones a los diferentes servicios que hoy existen: transporte de pasajeros y transporte de cargas.

El Senado de Mendoza aprobó la Ley de Movilidad. 

Entre los primeros se pueden encontrar el transporte público de pasajeros, transporte colectivo de pasajeros, servicio regular; transporte de pasajeros de interés general, servicios de taxi y remís; transporte de pasajeros habilitados (transporte privado por plataformas electrónicas; transporte contratado general, turístico o por comitente determinado; transporte institucional; transporte escolar; transporte rural).

Entre los segundos están el transporte de cargas y residuos peligrosos; transporte de cargas generales; transporte taxiflet o similares.

Los taxistas están en contra de la Ley.