Desde la ONG Protectora informaron cómo denunciar los malos servicios de las emergencias médicas.
¿Por qué la mayoría de las ambulancias no llegan a tiempo?
Las promociones y publicidades de empresas de servicio de emergencias médicas, nos ofertan que su respuesta será inmediata, por lo que estaremos protegidos y nuestra salud será cuidada.
Por esto, la ONG mendocina Protectora sigue recibiendo denuncias de muchos usuarios sobre la deficiente prestación recibida.
Llamamos desesperados ante una urgencia médica, nos dicen que en minutos llegan y, pasan horas. Esto hace que se pierda oportunidad de salvar la vida o de mejorar, con un tratamiento oportuno.
Todos tenemos derecho, a la prestación de servicios de salud en situaciones de urgencia y/o emergencia extrahospitalarias o prehospitalarias, sea brindada por ser asociado a una empresa de medicina privada, contar con la afiliación a obra social, por contratación privada o cubierta por el Estado.
Las ambulancias que no llegan a tiempo.
Cuando la Empresa acepta el llamado de “emergencia”, la misma debe articular todos sus recursos humanos, tecnológicos y materiales para acudir en forma urgente al lugar que la patología de la paciente lo demande.
En general los usuarios de estos servicios, ven frustradas sus expectativas a un correcto tratamiento médico, debido a las fallas del servicio que las mismas presentan.
No llegan en el tiempo requerido ante la emergencia que requiere el tratamiento del paciente, en general por falta de unidades, lógisticas o conductores capacitados.
No realizan el tratamiento médico que requiere la urgencia que presenta el paciente, quitando las adecuadas chances de curación que presenta la dolencia, debido a la falta de preparación de los recursos humanos de atención y/o falta de equipamiento requerido para el tratamiento de la urgencia.
No cumplen en el correcto traslado del paciente, con la premura y la atención suficiente para continuar el tratamiento en el instituto médico.
Las empresas de urgencias tienen tres obligaciones principales para con sus usuarios.
Debe proceder a acudir con urgencia al lugar que la patología del paciente demande (dentro de un radio geográfico predeterminado y con el equipamiento -humano y material- adecuado); la posterior prestación galénica primaria; y/o el ulterior traslado -con la debida premura- para la continuación del tratamiento”.
El servicio de emergencia médica “es una obligación de resultado, donde el factor de atribución de responsabilidad es de carácter objetivo -fundado en la garantía- por lo que para eludir la eximición “la Empresa tendrá que acreditar la culpa de la víctima o de un tercero ajeno a la imputabilidad del hecho”.
“Cabe resaltar que las causales de exoneración de responsabilidad serán de interpretación restrictiva y excepcional; Cuando estos hechos acontecen, es un derecho y obligación del damnificado solicitar la investigación del servicio y en su caso solicitar las indemnizaciones y sanciones correspondientes a la autoridad gubernamental”.
Acá el formulario para realizar el reclamo ante la Justicia:
Reclamo por daños a la salud causados en la relación de consumo



