Carlos Bianchinelli y otros exfuncionarios del Instituto de Juegos y Casinos de la provincia fueron duramente cuestionados y multados por el Tribunal de Cuentas.
Duro fallo contra exfuncionarios del Casino de Mendoza
En las últimas horas, se conoció un nuevo fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza, número 16.633 y fechado el pasado 9 de agosto.
Sobre la base de la falta de rendimiento de cuentas por parte de ese organismo — “Los responsables acompañaron la documentación solicitada, sólo en forma parcial”, advierte el Tribunal— ese cuerpo impuso una dura sanción contra exfuncionarios del Instituto de Juegos y Casinos, entre los cuales se encuentra Carlos Bianchinelli, otrora presidente de ese organismo.
Entre otras cosas, el fallo advierte sobre el incumplimiento del art. 38 de la Ley de responsabilidad fiscal.
Uno de los puntos cuestionados tiene que ver con la contratación del servicio de limpieza a la empresa Masterfull. Allí aparecen “horas abonadas sin la efectiva acreditación de la prestación del servicio, a saber”:
Según el Tribunal de Cuentas, se observó que:
a) La empresa remite mensualmente informe al Sr. Coordinador de Servicios Carlos Cardone, con detalle del servicio correspondiente a cada mes.
Se detalló en el pliego de observaciones -mes por mes- la cantidad de horas, operarios, y monto de factura.
La revisora en su informe advirtió que se facturaron 40.580 horas máquina, por un valor total de $ 2.523.100,32 (9.704 hs. a un precio de $58,08; 11.673 hs. a un precio de $ 56,00 y 19.203 hs. a un precio de $ 68,00), que no estaban previstas en los Pliegos de Condiciones Particulares bajo los cuales se realizaron las contrataciones (contrataciones directas tramitadas en Exptes. N°5129-I-13-prorrogada y N°4365-D-2014), y que además no han sido acreditadas de ninguna manera.
Al igual que en el ejercicio 2013, se observó que el artículo 8° de ambos pliegos de condiciones, dentro del precio presupuestado (valor unitario) quedaban comprendidos todos los gastos que conformen la prestación del servicio en óptimas condiciones que tenga la Empresa Adjudicataria, incluyendo insumos para baños y cocinas, máquinas y herramientas, su provisión y reparación o mantenimiento en general, patentes, seguros, sueldos, cargas sociales, licencias y demás obligaciones impuestas por las leyes nacionales, provinciales y/o municipales en materia impositiva, mejoras o tasas de servicios, provisional, laboral y convenios colectivos del personal dependiente.
En consecuencia, no debieron facturarse “horas máquina” en forma separada de las horas cubiertas por los operarios que prestan el servicio.
b) Se observó una imposibilidad de cumplimiento de la cantidad de horas contratadas y facturadas por la empresa en relación a la cantidad de personas afectadas al servicio, según el siguiente análisis efectuado por ejemplo en el mes de agosto: horas facturadas de operarios 11.598 hs. mensuales, que divididas por la cantidad de personas afectadas al servicio (46 personas) supera las horas mensuales de cada persona con la jornada laboral de 8 horas más el descanso semanal que corresponde por ley (11.598 / 46 / 27 días de trabajo considerando un descanso semanal=9,33 hs.).
Además en los recibos de sueldos no surge liquidación de horas extras. También en los meses de enero a junio surge del detalle expuesto, horas prestadas por “operarios tercerizados”.
No se encuentra debidamente acreditada la prestación efectiva de la totalidad de las horas facturadas, debiendo los responsables remitir, a los efectos de su comprobación, las planillas de control horario del personal de limpieza que acrediten las horas prestadas y la contratación del personal tercerizado que manifiestan prestó también el servicio.
c) Las órdenes de pago en concepto del servicio de limpieza de los meses de febrero y marzo no han sido firmadas por el Contador General del Instituto de ese período.
En ese contexto, el Tribunal decidió multar a puntuales exfuncionarios, como el expresidente del Casino, Carlos Bianchinelli por la suma de $ 2.064.134,08, el exdirector Federico Domínguez por la suma de $1.702.574,42, a Miguel A. Bondino (otro exdirector) por $ 554.893,01, al excoordinador de Administración y Servicios Carlos Cardone por $ 2.743.098,18; al contador general Gonzalo Javier Jerez por $ 341.015,31; y a Carina G. Andreoni (la otra Contadora General) por $ 2.059.258,95.
El fallo los emplaza a que en treinta días “a contar desde su notificación” depositen dicha suma en el Banco de la Nación Argentina.



