Las claves de los anuncios sobre el pago de los juicios por jubilaciones.
Cómo y cuándo cobraran los jubilados la "Reparación Histórica"
El proyecto “Reparación Histórica” que ordena la situación de los jubilados argentinos, que anunció hoy el presidente Mauricio Macri, ya fue presentado en el Congreso para su tratamiento.
La propuesta de pago alcanzará a 2.200.000 jubilados y pensionados y abarca a tres segmentos básicos: Jubilados con sentencia firme, jubilados con juicio iniciado y también a jubilados que no hicieron juicio.
A los jubilados con sentencia firme se les pagará el fallo judicial, la mitad con la aceptación de la propuesta y la otra mitad en 3 años con pagos trimestrales. Esos pagos serán ajustables por el índice de movilidad.
Para aquellos que tienen juicio iniciado pero sin sentencia, se les pagará el 50% al contado y el resto en tres años en cuotas que serán ajustables. En estos casos, el monto reclamado tendrá una quita o tope porque se les reconocerá hasta 4 años del total de años reclamados.
Los jubilados que no iniciaron juicio no tendrán reconocimiento retroactivo pero se les reajustará hacia adelante el haber, a cambio de que renuncien a un reclamo judicial.
¿Cómo serán los plazos?
La ley previsional establece que las sentencias firmes deben pagarse en 120 días, pero eso no se está cumpliendo y en muchos casos son mal liquidadas, lo que obliga al jubilado a iniciar otro juicio.
Con este proyecto, el Gobierno calcula normalizar todas las jubilaciones en 2 años e invertir a valores actuales, unos $ 75.000 millones anuales en los próximos 5 años.
Cómo hacer el trámite
1- La ANSES habilitará en la sección Mi ANSES, ingresando con Clave de la Seguridad Social, un acceso al programa voluntario.
2- Cada tanto, informará el grupo de beneficiarios habilitados para ingresar en la Propuesta. Se privilegiarán los de mayor edad y los que tengan problemas de salud graves. Para el primer año alcanzará a mayores de 80 años.
3- El titular deberá tener un representante legal.
4- Una vez inscripto, la ANSES mostrará su posible nuevo haber y eventualmente retroactividades (si había iniciado juicio) y se le informarán al interesado estos montos.
5- Si el titular acepta, ambos (titular y apoderado) concurrirán a una delegación de la ANSES para registrar la firma del convenio.
6- El abogado del interesado irá, posteriormente, a la Justicia de la Seguridad Social a homologar judicialmente el convenio.
7- El Juzgado procede a la homologación y le informa a la ANSES y al titular.
8- La ANSES, luego de recibir la homologación, procede al cambio de haber y, si existen retroactivos, paga el 50% en el primer mes y luego 12 cuotas trimestrales.



