Un tradicional grupo bodeguero mendocino-cordobés acaba de ganar un juicio a la AFIP que promete, no solo generar polémica, sino que además aportará jurisprudencia.
Se trata de la Bodega Esmeralda, de la familia Catena que había presentado una medida cautelar ante la Justicia de Córdoba, donde tiene su sede fiscal pese a contar con viñedos en Mendoza, para que la AFIP acepte reconocer el impacto de la inflación en la facturación de la compañía.
Así, la empresa pagará Ganancias sobre una rentabilidad real y no ficticia, según publica hoy diario El Cronista Comercial.
Gracias al fallo, la bodega estará protegida por lo menos hasta febrero del año próximo, fecha en la cual vence la cautelar aceptada por la Justicia y momento en el cual se deberá resolver la causa de fondo.
La demanda se había iniciado en agosto del año pasado, y Bodegas Esmeralda había extendido la demanda también contra el Estado nacional. Su argumento se basa en sostener la inconstitucionalidad de la ley 24.073, que desde la declaración de la Emergencia Económica, en 2001, prohíbe todo tipo de actualización por considerarla indexatoria.
Según el planteo de los abogados de la bodega del holding vitivinícola de Nicolás Catena, el no reconocimiento del impacto inflacionario en la facturación hacía que el pago de Ganancias consumiera una porción elevada de su renta neta anual. De hecho, cuando presentó la causa ante la justicia, la bodega estimó que "al no aplicarse el índice de suba de precios desde la salida de la convertibilidad, la sociedad tuvo que absorber un impuesto ilegítimo en exceso a ingresar de $ 41 millones".
Según sus cálculos, esto representa el 144,45% del impuesto a las Ganancias ajustado por inflación, el 85,5% del resultado impositivo ajustado por inflación y el 67,1% del resultado contable también ajustado.
El Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba a cargo de Inés Palacios de Rolón, resolvió a favor de Bodegas Esmeralda, obligando a la AFIP a que, desde ahora, le reconozca el ajuste por inflación en la declaración de Impuesto a las Ganancias de la compañía, a partir del ejercicio fiscal cerrado al 31 de marzo de 2015.



