La Agencia de Recaudación actualizó los parámetros de "habitualidad". A quiénes alcanza la medida.
ARCA modifica el IVA a vendedores de plataformas digitales
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una actualización clave para el comercio electrónico: desde el 1° de diciembre rige un nuevo régimen especial de ingreso del IVA para quienes venden bienes y prestan servicios a través de plataformas como Mercado Libre, Tiendanube y otras marketplaces.
La medida, formalizada mediante la Resolución General 5794/25, alcanza a vendedores que no demuestren estar inscriptos en IVA, Monotributo, exentos o no alcanzados, pero que operen de manera "habitual, frecuente o reiterada". El objetivo, señaló el organismo, es ajustar parámetros que habían quedado desfasados frente al aumento general de precios y la expansión del comercio digital.
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Nuevos parámetros de habitualidad
El cambio central está en la definición de "habitualista", categoría que determina si un usuario queda alcanzado por el régimen de percepciones del IVA. Los nuevos criterios son:
Habitualidad mensual:
10 o más operaciones y
un monto total igual o superior a $750.000.
Habitualidad por cuatrimestre:
4 o más operaciones mensuales durante el cuatrimestre y
un monto acumulado igual o superior a $750.000.
Bienes usados de uso personal:
Para que no sean considerados habituales, las ventas deben ser por un monto menor a $1.500.000, previa declaración del vendedor.
Estos umbrales no se actualizaban desde hacía varios años, lo que había generado inconsistencias entre la realidad inflacionaria y el volumen actual del comercio online.
A quiénes alcanza y cómo funcionará
La Resolución aclara que el régimen aplica a:
- vendedores de bienes muebles no registrables (nuevos o usados),
- locadores de obra,
- prestadores de servicios que operen mediante plataformas digitales.
Una vez que un usuario alcanza los parámetros de habitualidad, pasará a ser considerado "sujeto no categorizado" desde el mes siguiente. Dejará de estar alcanzado cuando se inscriba en IVA o Monotributo, o cuando cese esa habitualidad.
Por su parte, las plataformas, que están obligadas a actuar como agentes de percepción, deberán:
- identificar tributariamente a cada vendedor mediante CUIT, CUIL o CDI,
- informar de forma clara y discriminada las percepciones de IVA en cada factura.
Nuevo sistema de notificaciones
En otro cambio operativo, ARCA reemplazará la notificación automática enviada al domicilio fiscal electrónico por una modalidad que centraliza la información en el servicio con Clave Fiscal "Nuestra Parte". Desde allí, los usuarios podrán consultar el motivo y la alícuota aplicada.
%uD83D%uDCE2 IVA en plataformas digitales%uD83D%uDC49 Se actualizan los parámetros del régimen de percepción de IVA para ventas y servicios realizados mediante plataformas digitales.%uD83D%uDCC4 Habrá percepción cuando se verifiquen operaciones frecuentes por cantidad y monto, quedarán detalladas en la... pic.twitter.com/xAN50ySGNt
— ARCA | Agencia de Recaudación y Control Aduanero (@ARCA_informa) December 2, 2025
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