Subsidios de luz y gas: qué pasa con los inquilinos

Si cambiaste de domicilio desde 2022 hasta la actualidad, deberás actualizar tus datos para poder acceder a los beneficios.

Subsidios de luz y gas: qué pasa con los inquilinos

Por:Tamara Sbardolini
Periodista

Este martes, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial una nueva modalidad para acceder a los subsidios de electricidad y gas a través del formulario del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). Este sistema centralizará la asistencia estatal a las tarifas de luz y gas y comenzará a aplicarse a partir de febrero.

En el caso de los inquilinos, quienes mantengan el mismo domicilio desde julio de 2022 no deberán realizar nuevamente la inscripción. Sin embargo, aquellos que se hayan mudado deberán actualizar la solicitud con los datos del nuevo domicilio.

"Es responsabilidad del inquilino completar el trámite con la información de su grupo familiar y, en caso de mudanza, modificar la solicitud incorporando los datos del nuevo domicilio, el nuevo número de cliente y los números de medidor de luz y gas", explicó Romina Ríos, titular de la Protectora ONG.

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¿Cómo realizar la modificación?

-Para actualizar tu formulario, debés ingresar a la opción "Consultá tu solicitud".

-Allí deberás completar tu número de gestión (disponible en la app Mi Argentina, dentro de la sección Trámites) junto con otros datos personales.

-Una vez dentro, podrás revisar la información cargada. Si detectás algún error o necesitás realizar cambios, seleccioná la opción "Rehacer solicitud" o "Eliminar la solicitud" para volver a cargarla.

-Al completar nuevamente el formulario, deberás consignar el nuevo domicilio, el número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS, datos que figuran en las facturas de energía eléctrica y gas por red.

¿Quiénes pueden acceder a los subsidios?

Para acceder a los subsidios energéticos focalizados, los hogares -considerando el conjunto de sus integrantes, deberán cumplir con las siguientes condiciones:

-Tener ingresos netos inferiores a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según los parámetros establecidos por el INDEC.

Asimismo, serán incluidos dentro de este segmento aquellos hogares que, además de no reunir las condiciones para ser considerados de mayores ingresos, cuenten con al menos una de las siguientes situaciones:

-Un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.

-Un integrante del hogar que perciba una Pensión Vitalicia para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

-Un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.

Quedarán fuera del beneficio

- Hogares en los que alguno de sus integrantes tenga un automóvil con menos de tres años de antigüedad -excepto cuando exista una persona con CUD-

- Hogares cuyos miembros acumulen tres o más inmuebles, o posean bienes considerados de alto valor, como embarcaciones de lujo, aeronaves o participaciones societarias.

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