Inocencia Fiscal: cuáles son los nuevos montos límite para la evasión

El Senado sancionó la Ley de Inocencia Fiscal y actualizó los montos de evasión que estaban desfasados por la inflación. La norma modifica el Régimen Penal Tributario y apunta a reducir la persecución sobre pequeños contribuyentes.

Inocencia Fiscal: cuáles son los nuevos montos límite para la evasión

Por: Mariano Rivas

La sanción de la Ley de Inocencia Fiscal en el Senado significó la modificación de los montos de evasión fiscal, que estaban desfasados por la inflación. El proyecto fue aprobado con 43 votos a favor y 26 en contra y modifica puntos centrales del Régimen Penal Tributario. La norma, que incluye puntos muy relevantes como el nuevo régimen de Ganancias, establece además los nuevos límites económicos que determinan cuándo una maniobra pasa a ser delito penal. 

Los nuevos umbrales

En el caso de la evasión simple, cuya pena va de dos a seis años de prisión, el monto mínimo se eleva de $1.500.000 a $100.000.000. Para la evasión agravada, castigada con penas de tres años y seis meses a nueve años de cárcel, el piso sube de $15.000.000 a $1.000.000.000.

Además, cuando se utilicen estructuras para ocultar al verdadero contribuyente, como personas interpuestas, instrumentos fiduciarios o jurisdicciones no cooperantes, el monto evadido deberá superar los $200.000.000, muy por encima de los $2.000.000 vigentes hasta ahora.

La ley eleva a $100 millones el piso de la evasión simple.

Ver más: Nuevo régimen simplificado de Ganancias: por qué alcanza a casi todos

Otro punto central es el uso de facturas falsas. A partir de la nueva ley, para que exista delito penal el perjuicio generado deberá ser mayor a $100.000.000, cuando antes alcanzaba con $1.500.000.

Tipo de infracciónMonto límite anteriorNuevo monto aprobado
Evasión simple$1.500.000$100.000.000
Evasión agravada$15.000.000$1.000.000.000
Evasión agravada con estructuras para ocultar al contribuyente$2.000.000$200.000.000
Uso de facturas o documentos falsos$1.500.000$100.000.000
Multa automática (personas físicas - art. 38)$200$220.000
Multa automática (personas jurídicas - art. 38)$400$440.000

El aumento de más de 100 mil por ciento en las multas automáticas

Durante el debate, uno de los temas más discutidos fue el de las multas automáticas, que según especialistas podrían aumentar más de 110.000%. Por ejemplo, la sanción del artículo 38 pasaría de $200 a $220.000 para personas físicas, y de $400 a $440.000 para personas jurídicas. Frente a estos cuestionamientos, el Ejecutivo se comprometió a revisar este punto en la reglamentación, para evitar impactos negativos en pymes y pequeños contribuyentes.

Leer: La demanda de dólares minorista cayó tras la tensión por las elecciones

Esta nota habla de: