La Justicia ordenó al BCRA informar qué pasó con el oro enviado al exterior

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un amparo de la Asociación Bancaria y consideró que el Banco Central no justificó adecuadamente la reserva de los datos solicitados, en el marco de la Ley de Acceso a la Información Pública.

La Justicia ordenó al BCRA informar qué pasó con el oro enviado al exterior

Por: Juan Manuel Lucero

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó este lunes al Banco Central de la República Argentina (BCRA) brindar información pública vinculada al eventual envío de lingotes de oro al exterior.

La decisión se dio tras hacer lugar a un amparo presentado por la Asociación Bancaria, al considerar que el organismo monetario no fundamentó de manera concreta la negativa a responder los pedidos de acceso a la información.

El fallo fue dictado por la Sala V del tribunal, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, quienes revocaron la sentencia de primera instancia que había avalado la postura del Banco Central. En su resolución, los magistrados concluyeron que la entidad no logró justificar la declaración de "reserva total" de los datos requeridos y que su respuesta se apoyó en "meras afirmaciones genéricas".

Según el tribunal, la conducta del BCRA resultó incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia que rigen el derecho de acceso a la información pública. 

La Justicia pide que se informe qué pasó con el oro del Banco Central.

En ese sentido, remarcaron que no alcanza con una apreciación unilateral del organismo para negar datos de interés público, sino que corresponde demostrar de manera específica el daño que podría generar su divulgación.

El planteo judicial se originó a partir de una serie de solicitudes presentadas en julio y agosto de 2024, en las que la Asociación Bancaria requirió precisiones sobre posibles envíos de lingotes de oro fuera del país. 

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Entre los puntos solicitados figuraban las decisiones administrativas que habrían autorizado esas operaciones, los funcionarios intervinientes, los expedientes correspondientes, la contratación de seguros y la eventual intervención de la sindicatura del propio Banco Central.

En primera instancia, el amparo había sido rechazado con el argumento de que la información estaba alcanzada por las excepciones previstas en el artículo 8 de la Ley 27.275, al considerar que su difusión podía comprometer la seguridad de las reservas internacionales y el normal funcionamiento del sistema financiero. Sin embargo, la Cámara adoptó un criterio opuesto.

En su fallo, los jueces sostuvieron que la configuración de las excepciones legales "no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado" y enfatizaron que es el Estado quien debe probar, de forma concreta y detallada, que la divulgación de la información solicitada causaría un daño real a un interés legítimamente protegido.

Además, el tribunal cuestionó que el Banco Central no haya explicado por qué no podía informar si existieron efectivamente operaciones de envío de oro al exterior, el monto involucrado, el ámbito en el que se tomó la decisión, la existencia de expedientes administrativos o la intervención de los órganos de control interno.

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La Cámara destacó que la información reclamada está directamente vinculada con la administración de las reservas internacionales, un aspecto que calificó como de "indudable interés público", y recordó que el acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación.

En línea con el dictamen del fiscal general, el fallo ordenó al BCRA entregar la información solicitada o, en su defecto, fundamentar "de manera circunstanciada y punto por punto" por qué determinados datos no pueden hacerse públicos y cómo su difusión podría afectar al sistema financiero o a los intereses del organismo. Asimismo, impuso las costas de ambas instancias al Banco Central, al resultar vencido en el proceso judicial.

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