Nuevo régimen de Ganancias para las exportaciones de metales preciosos

La alícuota será del 1% y se calculará sobre el valor utilizado para determinar los derechos de exportación.

Nuevo régimen de Ganancias para las exportaciones de metales preciosos

Por: Ana Montes de Oca

El Gobierno nacional dispuso un nuevo régimen de percepción del impuesto a las Ganancias aplicable a las exportaciones de metales preciosos, una medida que apunta a reforzar los controles fiscales en un sector clave para el ingreso de divisas. La decisión alcanza a las operaciones de exportación de oro, plata y platino destinadas al procesamiento, refinación o depósito en el exterior para su posterior comercialización.

El esquema establece una alícuota del 1%, que se calculará sobre el valor utilizado para determinar los derechos de exportación. La Dirección General de Aduanas actuará como agente de percepción en todas las transacciones alcanzadas, que comprenden a los metales en cualquiera de sus etapas de elaboración, incluido el denominado bullón dorado.

La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5815/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este viernes en el Boletín Oficial. En los considerandos, el organismo señaló que el objetivo central es fortalecer los mecanismos de fiscalización y prevenir maniobras que puedan afectar el interés fiscal, en un rubro considerado estratégico por su aporte al balance externo.

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De acuerdo con la normativa, la percepción deberá determinarse al momento de la liquidación de los tributos aduaneros. El pago correspondiente tendrá que efectuarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al libramiento de la mercadería. En caso de incumplimiento, los exportadores podrán ser suspendidos del registro pertinente y quedarán sujetos al pago de intereses resarcitorios.

El importe abonado bajo este régimen tendrá carácter de impuesto ingresado y podrá computarse en la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal en el que se concrete la transferencia de la mercadería. No obstante, la resolución aclara que esos montos no podrán utilizarse para la determinación ni la reducción de los anticipos del tributo.

Además del impacto impositivo, la normativa incorpora nuevas obligaciones informativas. Las empresas alcanzadas deberán cumplir con un régimen de información trimestral que exige la presentación de una certificación emitida por un profesional independiente en ciencias económicas. Ese informe deberá detallar la cantidad y calidad de los metales exportados y estar acompañado por la documentación respaldatoria de cada operación.

Con este nuevo esquema, el Gobierno busca aumentar la trazabilidad de las exportaciones de metales preciosos y cerrar posibles vías de evasión en un segmento que combina alto valor, complejidad operativa y fuerte incidencia en el flujo de divisas del país. 

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