La suspensión de 83 artículos de la nueva ley del trabajo paralizó también el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). En qué estado se encuentra la reglamentación del mismo.
Qué se sabe del fondo para indemnizaciones tras el freno de la Justicia
El Fondo de Asistencia Laboral, el mecanismo creado por la reforma laboral para reemplazar el pago inmediato de indemnizaciones, quedó paralizado después de que un juez suspendiera 83 artículos de la nueva ley del trabajo. La incertidumbre se instaló entre empresas y trabajadores, y el Gobierno salió a apelar la medida mientras sus equipos siguen trabajando en la reglamentación.
La suspensión la firmó el juez Raúl Horacio Ojeda e impactó de lleno en uno de los puntos más discutidos de la reforma: el FAL (Fondo de Asistencia Laboral). Este fondo proponía un cambio profundo en la lógica de las indemnizaciones: en lugar de que las empresas paguen de golpe cuando despiden a alguien, irían acumulando mes a mes una reserva propia para cubrir esas eventuales desvinculaciones. La plata, en lugar de ir al Estado, quedaría en un fondo administrado con opciones de inversión limitadas.
Los números que fijó la ley son concretos. Las pymes debían aportar el 2,5% de su nómina salarial, mientras que las empresas grandes tendrían que poner el 1%, a cambio de una reducción equivalente en sus contribuciones patronales. Sin embargo, con la suspensión judicial, nada de eso puede implementarse por ahora.
Lo que dijo Caputo sobre el FAL
El ministro de Economía, Luis Caputo, salió a defender el fondo en una presentación ante la Bolsa de Comercio de Rosario. Sus palabras fueron directas: "Creamos el FAL; esta es plata que, como empresa, ustedes tenían que pagarle al Gobierno, al Tesoro, y ahora les decimos que constituyan un fondo de reserva para eventuales despidos. Si no hay despidos, igual hay un beneficio, que es el desarrollo del mercado de capitales".
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La frase resume bien la lógica oficial: el FAL no sería solo una herramienta para gestionar despidos, sino también una inyección al mercado de capitales. Representantes de agentes de liquidación y compensación (ALyC) estimaron que el impacto podría llegar a entre 2.500 y 5.000 millones de dólares por año.
El fondo no estuvo exento de críticas durante su tratamiento en el Congreso. El diputado Nicolás Massot intentó modificarlo y lo comparó con las AFJP, en referencia al sistema de jubilación privada que el país ya conoce de cerca.
El proceso de reglamentación sigue, pese al freno judicial
Aunque la implementación está trabada, el trabajo técnico continúa. Según la Comisión Nacional de Valores (CNV), el proceso para que el FAL funcione requería varios pasos: primero un decreto reglamentario, luego resoluciones del Ministerio de Economía, la Secretaría de Trabajo y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El regulador bursátil se comprometió a publicar en los próximos 15 días una resolución parcial en el Boletín Oficial, para que los fondos comunes de inversión puedan avanzar en los procedimientos previstos.
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Entre los parámetros que trascendieron, citados por Infobae, se sabe que los fondos y fideicomisos involucrados no podrán cobrar más del 1% en concepto de honorarios de administración. Además, el 80% de las carteras deberá estar invertido en títulos soberanos, y no se autorizaría la inversión en Cedears.
Mientras tanto, el Ministerio de Capital Humano confirmó que el Gobierno va a apelar la medida cautelar. Pero hasta que haya una definición judicial, el FAL sigue en suspenso, y empresas y trabajadores esperan saber con qué reglas van a jugar.



