Una mujer abusó de un chico y le bajaron la pena porque hubo una erección

La Justicia de La Pampa interpretó que hubo "consentimiento".

Una mujer abusó de un chico y le bajaron la pena porque hubo una erección

Por: Mendoza Post

 Una fuerte polémica se desató en la provincia de La Pampa por el caso de una mujer que abusó de un adolescente y la Justicia de esa provincia le rebajó la pena porque la víctima tuvo una erección, según consta en la causa.

El hecho ocurrió el pasado 4 de junio de 2021 en una vivienda de la localidad de Realicó. Allí la madre de la víctima había organizado una reunión con amigos, entre los que estaba la agresora. En determinado momento de la noche, el adolescente de 14 años, hijo de la dueña de casa, apareció y pidió un cigarrillo a los presentes. La mujer condenada lo invitó a fumar al patio.

Luego lo llevó a una habitación de chapa que estaba afuera, le desprendió el pantalón y le hizo sexo oral, a pesar de que el chico se resistía. Posteriormente lo obligó a que la penetrara mientras la víctima se negaba a hacerlo. En ese momento, lo llamó por teléfono su madre, se subió los pantalónes y se fue.

Posteriormente al ataque, el adolescente quedó muy perturbado y cuatro meses después le contó el ataque a su familia. Su madre radicó la denuncia. 

El 14 de noviembre de 2022, el juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a la acusada a seis años de prisión por el delito de "abuso sexual con acceso carnal". Se basó principalmente en el testimonio de la víctima en Cámara Gesell y en las pericias psicológicas.

Sin embargo, a defensa de la mujer argumentó que ella fue accedida carnalmente, entonces según su análisis,  fue un sujeto pasivo de la situación porque fue penetrada, por lo tanto no le corresponde el agravante de "acceso carnal".

Según publicó TN, el juez Gabriel Lauce Tedin mantuvo la calificación del delito y convalidó la sentencia inicial. Su colega Filinto Rebechi coincidió en que se trataba de un caso de abuso sexual pero que, en línea con el argumento de la defensa, no debía considerarse un "acceso carnal" y, por ende, la pena debía ser reducida a tres años de prisión en suspenso.

Pablo Balaguer, presidente del tribunal, se alineó con la decisión de Lauce Tedin y ratificó la condena de primera instancia. La mujer, que había llegado al juicio en libertad, quedó detenida en la alcaidía de General Pico.

La víctima sufrió un severo trauma luego del hecho.

La acusada volvió a apelar y obtuvo el beneficio de la prisión domiciliaria. Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa intervino en el caso: en una resolución publicada a fines de septiembre, cuestionó los fundamentos de Lauce Tedin para sostener la presencia del "acceso carnal" y anuló el fallo. La mujer fue liberada.


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