Ya se puede operar con dólares financieros sin restricciones

Desde este lunes, los ahorristas que quieran acceder a dólares financieros mediante la compra-venta de bonos en plaza local y en el exterior ya no tendrán restricciones.

Ya se puede operar con dólares financieros sin restricciones

Por: Mendoza Post

Desde este lunes, los ahorristas que quieran acceder a dólares financieros mediante la compra-venta de bonos en plaza local y en el exterior (dólar MEP y dólar CCL "contado con liqui") ya no tendrán restricciones.

La confirmación de la decisión llegó mediante la resolución general 923 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicada el sábado en el Boletín Oficial. "En coordinación con el Banco Central y el Ministerio de Economía de la Nación" el levantamiento de las trabas adoptadas por medio de las resoluciones generales 907 y 911, que, tal como destacó el organismo había dictado en atención a "circunstancias excepcionales y con carácter transitorio", explica Ámbito.

En este sentido, la norma deroga a las resoluciones generales 907/2011 y 901/2011, que fijaban un cupo semanal de 50.000 nominales para la operatoria de las Agencias de Liquidación y Compensación (ALyC), principalmente concertadas con los bonos AL30.

Desde este lunes, los ahorristas que quieran acceder a dólares financieros ya no tendrán restricciones. 

Sin embargo, tal como aclararon desde el BCRA, "sí se mantiene la norma que obliga a operar contra una cuenta bancaria", de manera que los fondos deben salir y regresar a una cuenta en un banco.

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En su momento, la restricción impuesta por el organismo tenía como objetivo evitar operaciones elusivas (o "rulos"), reducir la volatilidad de los tipos de cambio financieros y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real. La decisión fue tomada después de que se presentará el acuerdo final con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en el Congreso.

Quiénes pueden comprar dólares financieros

- Quienes no compraron dólar solidario o ahorro en los últimos 90 días corridos.

- Quienes no accedieron a refinanciamientos, como tarjetas de crédito o préstamos hipotecarios congelados.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y rige desde este lunes. 

- Quienes no han sido beneficiario de un crédito a Tasa Cero en 2020 o 2021;

- Quienes no han tomado los créditos a tasa subsidiadas del 24% para empresas.

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