La Corte falló a favor de las clases presenciales en Ciudad de Buenos Aires

El máximo tribunal avaló la autonomía de la Capital Federal y le dio la razón a Horacio Rodríguez Larreta en su conflicto con la Casa Rosada

La Corte falló a favor de las clases presenciales en Ciudad de Buenos Aires

Por: Mendoza Post

La Corte Suprema falló a favor de la Ciudad de Buenos Aires en su reclamo por mantener las clases presenciales en el ámbito metropolitano. El fallo le da la razón al planteo del jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y reivindica la autonomía de la Ciudad incluso por sobre las decisiones del gobierno nacional en el contexto de la pandemia.
En ese escenario, el fallo estableció que "cuando no hay acuerdo, es competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de las provincias adoptar este tipo de decisiones específicas".
"El no cuestionamiento ante este Tribunal de otras normas adoptadas por el Estado Nacional en el marco de la pandemia COVID-19, no puede ser entendido de tal manera que implique derivar el consentimiento o la renuncia por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a atribuciones que, en cuanto reconocidas a ella en virtud de su status constitucional, resultan irrenunciables", insistió el tribunal."

La CABA y las provincias pueden regular la apertura de las escuelas", consideró el máximo tribunal, que hizo lugar al planteo del gobierno porteño.  además, admiten que "el contacto entre personas puede lograr una transmisión masiva, lo que justificó la medida de cerrar total o parcialmente escuelas en numerosos países en distintas regiones del mundo".

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Los jueces reconocieron que "la pandemia excede todo límite interprovincial y, para el caso, toda frontera nacional. Pero ello no basta para justificar constitucionalmente la adopción de medidas como las que aquí se analizan".
Los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti coincidieron en limitar las decisiones en materia educativa del gobierno nacional.
"El Estado no tiene facultades para limitar el derecho de una persona para ejercer su derecho a la educación, excepto cuando pueda constituirse en una causa de daños a terceros, siempre que no signifique una afectación esencial del derecho", concluyeron los jueces.

La decisión judicial saldó una disputa política entre el presidente Alberto Fernández y el jefe de Gobierno de la Ciudad, Horacio Rodríguez Larreta, a partir de la decisión de la Casa Rosada de suspender las clases presenciales en el Área Metropolitana como una medida para restringir la circulación de personas en medio de la segunda ola de coronavirus.

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