Las claves de la Ley de Economía del Conocimiento

La normativa aprobada en el Congreso fue reglamentada hoy en el Boletín Oficial.

Las claves de la Ley de Economía del Conocimiento

Por: Mendoza Post

El Gobierno reglamentó la Ley de Economía del Conocimiento a través del Decreto 1034/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, que tiene como objetivo promover nuevas tecnologías y generar valor agregado.

También apunta a fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de empresas que se dediquen a la industria del software; la nanotecnología; la biotecnología; las industrias audiovisual, aeroespacial y satelital; la ingeniería para la industria nuclear y la robótica, entre otras actividades.

La Subsecretaría de Economía del Conocimiento convocará a las empresas del sector para conformar la primera mesa sectorial, un ámbito de diálogo en el cual se explicarán en detalle los alcances de esta Ley y se trabajará en un plan de acción conjunto de cara a 2021.

La Ley 27.570, sancionada en el Congreso en octubre de este año, ofrece beneficios fiscales para fomentar las actividades de este sector, como la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa y una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales.

Además de la reducción de las contribuciones patronales y reducción diferenciada por tamaño de empresa del impuesto a las ganancias que establece la ley; se fija en 0% la alícuota de los aranceles de las exportaciones de servicios para las empresas que cumplan con todos los requisitos de la ley y se inscriban en el Registro.

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Hasta ahora, la alícuota que pagaba este sector por los derechos de exportación era del 5%.

Asimismo, la normativa otorga beneficios adicionales en las contribuciones patronales para las empresas que empleen mujeres, personas con discapacidad, residentes en zonas de menor desarrollo, travestis y transexuales.

La economía del conocimiento, que desarrolla productos y servicios con base científico tecnológica, es identificada como la industria que aportará valor a otras actividades tradicionales como el agro o la construcción.

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La ley genera beneficios impositivos a estas actividades que, al decir de la subsecretaria del área, María Apólito, "generan divisas, empleo de calidad, es federal, inclusiva y especialmente aportan valor a otras actividades llamadas tradicionales".

Para poder inscribirse al Registro, las empresas deberán demostrar que el 70% de facturación corresponde a la actividad promovida.

En caso de no poder demostrar esa exigencia, se establecen criterios como el carácter estratégico de la firma; el porcentaje de personal afectado a las actividades promovidas; el grado de desarrollo de las actividades de Investigación y Desarrollo (I+D); la incorporación de las innovaciones a cadenas de valor estratégicas; la existencia de unidades de desarrollo e innovación formal dentro de la organización; y la comercialización de productos y servicios nuevos que hayan derivado del uso de las actividades promovidas.

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