La pena es para evitar que se cometan delitos

Nota de opinión respecto de la prisión perpetua, del ex gobernador Alfredo Corneejo. El jueves es la audiencia en la Suprema Corte.

La pena es para evitar que se cometan delitos

Por:Alfredo Cornejo

La discusión que aquí promoveremos no se trata sobre si se está "a favor" o "en contra" de la pena de prisión perpetua, sino si es compatible con los preceptos constitucionales y convencionales, como un remedio válido a ser utilizado por nuestra justicia.

Si queremos que no exista la prisión perpetua, no lo debemos hacer promoviendo una visión falsa e inexacta de las previsiones constitucionales que llevan a plantear su inconstitucionalidad, sino que se deben generar herramientas estatales para prevenir y reprimir el delito.

Podrán decir que la resocialización del individuo es el objetivo de su tránsito por la cárcel, pero también que la pena es un elemento para evitar que los delitos se cometan.

La reinserción social no se imposibilita con la prisión perpetua, sino que se modifican los plazos de potencial acceso a la libertad basado justamente en el análisis de posibilidad de reinserción, vinculado de modo directo al desarrollo de la persona que se encuentra cumpliendo la condena.

Si la única manera de evitar los delitos fueran las penas, seguramente tendríamos un problema y costaría claramente empatizar la finalidad de aquellas con un estándar constitucionalmente aceptable. Por esa razón, es que es fundamental promover y seguir alentando las herramientas de prevención del delito de manera conjunta con las de represión a través de la pena.

El caso "valija fúnebre" que desató el debate sobre la perpetua.

Es necesario establecer como teoría válida desde un análisis realista, el hecho de que la pena es parte de un conjunto de cuestiones básicas que hacen a la integralidad de la política en materia de seguridad. Entendemos que desde allí debe observarse la problemática y desde ese mismo tamiz analizar su compatibilidad con el plexo constitucional.

La pena, como parte integrante de prevención del delito y de la promoción de la seguridad, cumple un rol que no se agota de modo alguno con la resocialización, que, si bien es un objetivo de ésta, no es el único: la pena es también un castigo, y ese castigo debe ser proporcional al delito cometido.

Si la resocialización fuera el único objetivo de la pena, sería entonces innecesario establecer temporalidades a la misma y bastaría con un examen periódico al preso hasta tanto se lo considere apto para volver a la sociedad y allí se lo reinserte. Esa parece ser la posición de algunos sectores que no aceptan ver la realidad y no ponen jamás el foco en los derechos de las víctimas y de los ciudadanos que no delinquen.

La política de prevención es parte de esta discusión y aunque no se quiera aceptar la realidad una vez más sostendremos que la recomposición de la organización policial, la recuperación de la capacidad operativa, la implementación de tecnología para perseguir el delito y la modificación de los instrumentos procesales disponibles, cuestiones que han sido abordadas desde el Poder Ejecutivo y Legislativo de Mendoza desde 2015, son hitos fundamentales que si no los consideramos como parte integrante del tema, correremos el riesgo de tener una visión sesgada de lo que sucede.