La DGE anunció que no habrá cierre de trimestre

El director general de escuelas, José Thomas, anunció esta mañana que la evaluación de ahora es más "formativa".

La DGE anunció que no habrá cierre de trimestre

Por: Mendoza Post

El Director General de Escuelas, José Thomas, anunció los cambios en el sistema educativo en el periodo de pandemia. El funcionario explicó los puntos principales de la resolución 804/20 que se publicó esta mañana que estableció dejar sin efecto las fechas de cierre del Primer Trimestre y del Primer Cuatrimestre proyectadas para el ciclo lectivo en curso.

En la nueva norma desde la DGE, establecieron que "ningún estudiante que curse como alumno regular en los niveles y modalidades de la educación obligatoria podrá verse perjudicado por las dificultades derivadas de la situación contextual al haber tenido algún impedimento para conectarse con los docentes o al haber sostenido con ellos una trayectoria educativa discontinua y de baja intensidad en el formato no presencial".

Las notas de los procesos de los estudiantes serán cargadas obligatoriamente por los docentes al sistema digital GEM como instrumento oficial y esencial del seguimiento de las trayectorias de cada estudiante. La DGE utilizará la información cargada de los alumnos en este sistema para hacer un seguimiento detallado y apoyar las trayectorias educativas de los alumnos que lo necesiten.

José Thomas, director general de escuelas.

Se crea la figura de "ausente no computable" para que los dispositivos de la DGE se activen en busca una solución para el estudiante a través de un Plan Estratégico orientado a hacer efectivo el derecho a la educación de los estudiantes, con igualdad de oportunidades para continuar con su escolaridad.

"Evaluación formativa"

Indicaron desde el organismo de gobierno el acuerdo para llevar adelante una "evaluación formativa" que "focaliza la optimización del desarrollo de las capacidades del evaluado en su proceso de construcción de estrategias eslabonadas en esquemas de acción que se producen en el devenir temporal; mientras que, la evaluación para la certificación o acreditación focaliza en una toma de decisión respecto del evaluado y su estatus institucional en un momento preciso, es puntual y no procesual. A este segundo tipo de evaluación también se lo denomina sumativa (Anijovich y Cappelletti, 2017)".

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Por este motivo, se redefinirán los criterios pedagógicos para orientar la evaluación educativa en tiempos de pandemia que deberán ser comunicados a todos los docentes de las instituciones de la provincia:

- Se deberá priorizar la evaluación atendiendo a su carácter continuo, formativo e integrador, a partir del diagnóstico y las actividades desarrolladas durante este periodo.

- El contexto de trabajo no presencial requiere focalizar en aprendizajes prioritarios a fin de fortalecer la tarea de los estudiantes y generar oportunidades de devolución y seguimiento.

- Para asegurar aprendizajes de calidad, los docentes deberán ofrecer a los estudiantes y/o a sus progenitores/adultos responsables, retroalimentaciones formativas, en que comunicarán la forma en que las actividades impactan en sus avances, mejoras y logros para que éstos puedan actuar en función de ellas mejorando sus aprendizajes

En este caso, indicaron que el informe del proceso de aprendizaje también será diferente: "el propósito de la evaluación formativa es la 'retroalimentación formativa', por ello es 'una oportunidad para que los estudiantes pongan en juego sus saberes, visibilicen sus logros, aprendan a reconocer sus debilidades y fortalezas, además de la función "clásica" de aprobar, promover, certificar' (Anijovich y Cappelletti, 2017, p.4). Desde esta perspectiva, la evaluación ofrece información sobre el proceso de aprendizaje y no solo sobre el resultado".

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Que esta información resulta valiosa, tanto para el estudiante en función de su propio recorrido, como para los docentes en su tarea de enseñar. Se trata de evaluar para aprender, situando al estudiantado en el centro del proceso de aprendizaje, reconociendo la evaluación como una mejora continua, destacando las prácticas de retroalimentación en tanto motores que contribuyen a dicha mejora.

En educación primaria y secundaria se tendrá diferentes contemplaciones, según los resultados de los alumnos en estas evaluaciones:

- Para aquellos estudiantes que sostienen satisfactoriamente su trayectoria educativa individual no presencial, se deberá consignar en el sistema GEM hasta el 3/07/2020, la información valorada de proceso, con notas.

- Para aquellos estudiantes con procesos discontinuos, con trayectoria educativa individual de baja intensidad, las notas de valoraciones positivas se informarán en el GEM en la medida en que puedan ser obtenidas. Caso contrario, quedará en blanco el casillero de la nota, debiendo cargar obligatoriamente el respectivo informe de retroalimentación o una síntesis del mismo, para el seguimiento tanto de las autoridades superiores como de los estudiantes y/o a sus progenitores/adultos responsables (quienes verán en el GEM la especificación "En proceso").

- La carga en el GEM siempre debe ser coherente con los informes de retroalimentación formativa, en los que el docente comunicará al estudiante y sus progenitores/adultos responsables una descripción de su alcance.

- La Información cargada en GEM será valorada como un indicador que le garantice al estudiante el acceso preferente a los dispositivos de organización que se dispongan según se detalló en el artículo 6to de la presente norma. 

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