Adiós a la Constitución de Piedra: el mayor aporte a una Mendoza Nueva

El fallo de la Corte dará por buena la reforma constitucional de 2009, que limitó las reelecciones y fuera promulgada por Cornejo el año pasado. Cae la "mayoría Kemelmajer" que hacía imposible cualquier reforma constitucional.

Adiós a la Constitución de Piedra: el mayor aporte a una Mendoza Nueva

Por:Ricardo Montacuto
Director Periodístico

En noviembre del año pasado, cuando Alfredo Cornejo decidió promulgar una enmienda constitucional de 2009 que ponía límites a las reelecciones de los intendentes, muy probablemente estaba haciendo el mayor aporte que la política podía hacer a la modernización institucional y de organización de la provincia de Mendoza. La Suprema Corte lo avalará en un fallo que se conocería oficialmente hoy, o el lunes,luego de un planteo de inconstitucionalidaad de los intendentes del peronismo que fueron por una nueva reelección. Y entonces habrá cambiado la jurisprudencia del famoso cepo que impedía hacer una reforma razonable de la Constitución.

Hoy, nuestra carta provincial no resulta rígida, sino inmóvil. Como han dicho algunos estudiosos, resultó en una verdadera constitución de piedra por la restricción judicial para reformarla.

Aída Kemelmajer de Carlucci, en un recordado fallo de 1989, había "clausurado" de hecho las reformas constitucionales que no tuvieran en el futuro un apoyo casi unánime en una elección. La jueza interpretaba que, para avanzar en una reforma, había que tener la mayoría absoluta del padrón, es decir, la mitad más uno de los electores registrados. Aquello fue por un proyecto de reforma que Felipe Llaver le dejó activado a José Octavio Bordón.

Aída Kemelmajer y Alfredo Cornejo.

Algunas reformas fracasaron porque ganó el "No", como el intento de modificación del artículo 221 en 2011 impulsado por un acuerdo político. Es el artículo que Kemelmajer -probablemente una de las mayores juristas argentinas y latinoamericanas del siglo XX- interpretó para la reforma de 1987. Pero en el caso del límite a las reelecciones indefinidas, quedó demostrado que el fallo más famoso de la jueza y que la Suprema Corte hizo propio, carecía de lógica política.

La historia

En 2007, durante el gobierno de Julio Cobos, se sancionó la ley de necesidad de la reforma, incluyendo un artículo 198 "nuevo" que limitaba las reelecciones de los intendentes a una sola. Se sometió a referéndum en 2009, en las elecciones legislativas donde ganó "La gente de Cobos". Votó el 78 % del padrón, y el "Sí" a la enmienda obtuvo el 56,5% de los votos válidos emitidos. Una mayoría razonable y suficiente, pero que no alcanzaba la "mayoría Kemelmajer". En un padrón que hace diez años era de 1.185.316 votantes registrados, para poder aprobar la reforma se habrían necesitado 74.900 votos más que los más de 511.000 obtenidos. 

Hubo otras reformas -vía enmienda, un solo artículo- que fueron exitosas: En 1985 se enmendó el artículo que permitió luego elegir de modo directo gobernador y vice, en 1990 se dictaminó la propiedad de la provincia de los yacimientos y fuentes de energía, en 1997 se incluyó al Consejo de la Magistratura como órgano constitucional, y en 2005 se eliminó la intangibilidad de la indexación salarial de los jueces. Aquella fue una pelea política memorable. En 2001 hubo un intento más, de Roberto Iglesias en acuerdo con el peronismo, que ganó, pero no alcanzó la mayoría requerida.

Ahora, luego de la promulgación de la reforma de 2009 que hizo Cornejo el año pasado y tras el fallo de la Suprema Corte, para reformar la Constitución bastará con que esté de acuerdo la mayoría de los electores que efectivamente concurren a votar a una elección. Es coherente, de sentido común, que no se considere "voluntad de voto negativo" a alguien que en el día de la elección no se presentó a votar.

Nueva organización y más reformas

El límite a las reelecciones permitirá modernizar Mendoza, porque los intendentes no podrán eternizarse formando pequeños feudos comarcales y clientelares. Pequeñas "Catamarcas de los Saadi", o  "Formosas" a lo Gildo Insfrán, o como era hace unos años la Santiago del Estero de los Juárez; tales  como existen en varios departamentos de Mendoza desde hace muchos años. Hay intendentes que completaron cuatro períodos consecutivos. Luego, habrá un mayor equilibrio político entre los "intendentes para siempre" que no volverán a existir, y los gobernadores que duraban un suspiro en el sillón de San Martín.

Lo que viene

El fallo de la Corte habilita de hecho nuevas reformas. Mendoza necesita una nueva constitución en la que se incorporen derechos ambientales, del consumidor, de género, de acceso a la información pública y hábeas data, de acceso a la conectividad, de democracia directa y participativa tales como consultas vinculantes y remoción de mandato, los derechos a la educación y a la salud como servicios esenciales de los ciudadanos de esta provincia, y muchos otros. Para ello, será necesario un acuerdo generoso y amplio de las fuerzas políticas de Mendoza, aprobar una ley que declare la necesidad de una reforma incluyendo los nuevos derechos y estructuras políticas más participativas y democráticas; y luego... someterse al referéndum de la población, que con una mayoría razonable podrá aprobarla, o rechazarla.

Ahora, será posible.

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