Petri presentó un proyecto para que los delitos de corrupción no prescriban

El diputado nacional busca que se establezca la imprescriptibilidad de los delitos vinculados a hechos de corrupción en el Código Penal.

Petri presentó un proyecto para que los delitos de corrupción no prescriban

Por: Mendoza Post

El vicepresidente de la Cámara de Diputados, Luis Petri (UCR-Mendoza) presentó hoy un proyecto que busca modificar el Código Penal y establecer la imprescriptibilidad de los delitos vinculados a hechos de corrupción.

El proyecto, que ya había sido presentado en 2017 por Petri, hace referencia en sus fundamentos que la propuesta "se sustenta en normas de jerarquía superior", al recordar que ese planteo está incluido en la Constitución Nacional.

Según el artículo 36 de la Constitución incorporado en la reforma de 1994, aquel que se enriqueciera mediante la comisión de un grave delito doloso contra el Estado "atenta contra el sistema democrático" y, de acuerdo a lo establecido en el tercer párrafo del mismo artículo, esos hechos "resultan imprescriptibles".

A través del proyecto se busca modificar el artículo 62 del Código Penal y establecer que la acción penal prescribirá "a los quince años, cuando se tratare de delitos cuya pena fuere la de reclusión o prisión perpetua y después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito, si se tratare de hechos reprimidos con reclusión o prisión, no pudiendo, en ningún caso, el término de la prescripción exceder de doce años ni bajar de dos años".

Asimismo, contempla que la acción penal prescribirá "a los cinco años, cuando se tratare de un hecho reprimido únicamente con inhabilitación perpetua; al año, cuando se tratare de un hecho reprimido únicamente con inhabilitación temporal y a los dos años, cuando se tratare de hechos reprimidos con multa".

Sin embargo, la iniciativa establece que "quedan exceptuados y son imprescriptibles" los delitos de cohecho y tráfico de Influencias, malversación de caudales públicos, negociaciones Incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, así como el enriquecimiento ilícito de funcionarios.

De acuerdo al texto, los hechos de corrupción "atentan contra el sistema democrático, deteriorando sus cimientos constitutivos" y destaca la importancia de que todo aquel que incurriere en delito doloso contra el Estado que conlleve su enriquecimiento, pueda ser perseguido sin que el transcurso del tiempo sea un obstáculo para su juzgamiento, declarándose por consiguiente "como imprescriptibles".

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