Lo qué sí y qué no se puede hacer en Mendoza

La provincia se verá afectada en varios sectores. ¿Deportes, turismo interno, bares, cines? Todo lo que podés hacer.

Lo qué sí y qué no se puede hacer en Mendoza

Por: Mendoza Post

La publicación del DNU del gobierno nacional, el cual decreta las nuevas medidas restrictivas que rigen para todo el territorio nacional y las más estrictas para las zonas de "Alto riesgo epidemiológico", generó dudas en la población sobre qué sí y qué no está permitido.

Entre los anuncios más importantes, quizá el más, está la restricción de la circulación en horario de 00 a 6 de la mañana que en Mendoza comenzará a las 00.30 y finalizará a las 5.30 y esto marca el rumbo de varias de las normativas que entrarán en vigencia desde este viernes y hasta el próximo 30 de abril.

Ante esto, es necesario hacer un repaso para conocer en detalle lo que está prohibido y lo que no haciendo foco en las actividades más importantes: salidas nocturnas, reuniones sociales, actividades deportivas o culturales, viajes o turismo interno.

Los deportes al aire libre continuarán de la misma forma en Mendoza

Ver también: Salió el DNU: las restricciones en las "zonas rojas" de Mendoza

El gobierno de la provincia incluyó a toda la provincia como zona de riesgo y acata las medidas más duras, sobre todo en el Gran Mendoza.

¿Puedo estar en la calle entre las 00.30 y las 6 de la mañana?

Sólo si sos trabajador esencial: personal de salud, miembro de las fuerzas de seguridad, trabajador de estaciones de servicios, farmacéuticos, transporte público periodistas, personal vinculado a la obra pública, etc.

Deberán tener un certificado para circular, este se tramita acá: https://www.argentina.gob.ar/circular

También si tenés un justificativo como estar camino a una farmacia por una urgencia, o una situación de fuerza mayor que pueda comprobarse.

¿Puedo juntarme con mi familia o amigos?

Se permiten hasta 10 personas en espacios cerrados y 20 personas en espacios abiertos. 

Siempre respetando los protocolos pertinentes.

¿Puedo practicar deportes?

Se pueden practicar todos los deportes en espacios abiertos y cerrados. Se limita a un máximo de 10 personas en espacios cerrados.

Los gimnasios seguirán abiertos con limitaciones de capacidad

¿Puedo realizar actividad físisca?

Sí, con tapabocas y manteniendo distancia social.

Por su parte, los gimnasios continuarán abiertos pero deberán mantener su capacidad reducida como hasta el momento.

¿Se pueden hacer celebraciones religiosas?

Al igual que con la capacidad de los gimnasios, la cantidad de gente en templos o iglesias debe limitarse como hasta el momento.

¿Puedo ir al cine o al teatro?

Sí. La capacidad continúa reducida como hasta el momento.

¿Puedo ir a bares o restaurantes?

Sí. Se limitó el horario y la capacidad continuará reducida como hasta el momento en espacios cerrados y en espacios abiertos con distancia entre las mesas.

Podrán estar abiertos entre las 5.30 de la mañana y las 00 horas. La gente podrá permanecer adentro hasta las 00.

¿Puedo ir al Casino o a un Bingo?

No, quedó prohibido en toda la provincia.

¿Pueden funcionar salones de fiestas?

No, quedaron prohibidos en toda la provincia.


¿Puedo hacer turismo interno?

Sí, sigue con las mismas condiciones y protocolos. 

¿Se puede salir de la provincia?

Sí. Aunque con excepciones como los viajes de jubilados y a competencias deportivas no oficiales, además de grupos turísticos y grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

¿Puedo ir de viaje de egresados?

Los viajes grupales de egresados y de estudio quedaron totalmente suspendidos. 

¿Se mantienen las clases presenciales?

Se mantendrán dando lugar a los protocolos establecidos previamente. El gobernador de cada provincia podrá suspender en forma temporaria las actividades y reiniciarla según crea conveniente. Todos los miembros de la comunidad educativa podrán usar el transporte público.

Las clases presenciales siguen y serán potestad de cada gobierno provincial

¿Puedo reunirme con compañeros en ámbitos de trabajo, en momentos de descanso, comidas o esparcimiento?

Está totalmente prohibido en espacios cerrados y sin la distancia social recomendada (2 metros). Los empleadores deberán adecuar turnos y espacios y controlar que se cumpla.

¿Es obligatorio asistir presencialmente al trabajo para personas de riesgo?

No para las personas en situación de "mayor riesgo"

Ver también: Permisos de circulación: ¿quiénes y cómo deben tramitarlo?



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