Estos datos hay que informar para mantener los subsidios en luz y gas

Será a través de una declaración jurada que se podrá completar de manera online o presencial.

Estos datos hay que informar para mantener los subsidios en luz y gas

Por: Mendoza Post

El Gobierno publicó este miércoles una disposición mediante la cual dio el detalle de los datos que deberán aportar los usuarios de los servicios de gas y electricidad en el nuevo registro de segmentación (aún no habilitado) que les permitirán mantener los subsidios en las tarifas.

Será a través de una declaración jurada de usuarios de servicios y el Gobierno recolectará la información de quienes completen la solicitud.

La base de datos contendrá: datos personales de los usuarios; datos del domicilio; números de cliente, cuenta, servicio de suministro de luz y gas; datos de ingresos y composición familiar; datos respecto al patrimonio; y sobre el tipo de empleo.

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Dato que deberá completar el usuario

1. Documento Nacional de Identidad
2. Número de trámite
3. Nombre
4. Apellido
5. CUIL
6. Género
7. Fecha de Nacimiento
8. Datos socioeconómicos
9. Situación Laboral
10. Datos de Contacto
11. Domicilio declarado por el usuario
12. Código postal
13. Relación con el domicilio (propietarios o inquilinos)
14. Datos del servicio de Luz
15. Datos del servicio de Gas
16. Datos del grupo conviviente

Mediante el Decreto N° 332 del 16 de junio, el Gobierno anunció que los usuarios de los servicios de gas y electricidad que tengan ingresos por encima de los $350.000 (equivalente a 3,5 canastas básicas) o un número de propiedades dejarían de recibir subsidios al valor de la energía de forma retroactiva a partir del 1° de junio. de 2022.

En tanto, los usuarios que quieran mantener los subsidios, incluidos jubilados y beneficiarios de planes sociales, deben inscribirse en un nuevo registro, y aportar sus datos a través de una declaración jurada.

A través del sitio https://www.argentina.gob.ar/subsidios se podrá hacer el trámite. Si bien la página ya está disponible en la web, todavía no está habilitada para las inscripciones. También se habilitarán oficinas de la ANSES para los que quieran hacerlo de forma presencial.

Nuevo esquema de subsidios

El nuevo esquema de subsidios regirá en forma retroactiva a partir de junio de 2022 y propone una distribución de los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Se establecieron tres grupos:

Segmento de ingresos altos

Son hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todos los convivientes:

Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC).

Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

Tener 3 o más inmuebles.

Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Segmento de ingresos medios

Se trata de hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todos los convivientes:

ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 2 inmuebles.

Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Segmento de menores ingresos

Son los hogares que reúnen alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a todos los convivientes:

Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

Poseer hasta 1 inmueble.

No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos. Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan: un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Todos los usuarios, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión o son beneficiarias de programas sociales tiene que anotarse en el nuevo registro.

Interrogantes sobre la nueva segmentación

¿Tienen que inscribirse los usuarios que reciben una asignación, una pensión o jubilación?

Sí, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

¿Qué pasa si la factura del servicio no está a mi nombre?

Si la factura no llega a nombre del usuario de servicio, igual va a poder realizar la solicitud indicando que no es la persona titular.

¿Se puede mantener el subsidio si el usuario alquila o reside en la propiedad?

Sí, aunque no sea el propietario del domicilio, va a recibirlo como persona usuaria de los servicios.

¿Qué sucede si el usuario tiene más de un medidor a su nombre?

En ese caso, se subsidiará sólo el medidor del domicilio en donde declare residencia.

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