El límite que fijó el INV a los vinos de Mendoza y San Juan

El Instituto Nacional de Vitivinicultura oficializó los nuevos grados alcohólicos mínimos que deberán cumplir los vinos elaborados este año. La medida entra en vigencia el 1 de junio.

El límite que fijó el INV a los vinos de Mendoza y San Juan

Editó: Martín Arrojo

La decisión fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y comenzará a regir a partir de junio. Los nuevos límites de grado alcohólico deberán ser cumplidos por los vinos elaborados durante la cosecha 2025 en Mendoza y San Juan, así como también por aquellos que se unifiquen con remanentes de años anteriores.

En este marco, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) aclaró que los valores establecidos corresponden exclusivamente al contenido de alcohol real presente en el producto. "El grado alcohólico establecido corresponde al alcohol real, entendiéndose como tal el contenido en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores de su fermentación", señala la resolución.

De esta manera, el anunció firmado por el presidente del INV, Carlos Raúl Tizio Mayer, establece que los vinos de Mendoza deberán alcanzar un grado alcohólico mínimo de 12,5 % v/v para los blancos, 12,6 % v/v para los tintos y 12,7 % v/v para los rosados. Por su parte, en San Juan, los mínimos serán de 12,7 % v/v para blancos y rosados, y 12,6 % v/v para tintos.

La disposición se adoptó tras concluir el Control de Cosecha y Elaboración 2025 y el INV explicó que la medida "es una norma técnica que permite ordenar y facilitar las tareas de fiscalización" en el marco de la Ley Nº 14.878.

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El organismo también informó que los vinos certificados como varietales están exceptuados de cumplir con estos valores, siempre que se presenten los antecedentes de elaboración correspondientes, conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 57/2024.

Por otra parte, se aclaró que los análisis de vinos elaborados en 2024 y años anteriores -excepto varietales- perderán vigencia 30 días después del inicio de la liberación 2025. Además, se habilitó la tramitación anticipada de los Análisis de Libre Circulación, requisito clave para el fraccionamiento y comercialización de los productos en el mercado interno.

La resolución oficial

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