Aunque la caza de fauna autóctona está prohibida, la legislación permite la captura de determinadas especies exóticas invasoras bajo condiciones específicas.
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La derogación de una ordenanza municipal que prohibía los cotos de caza en Tupungato reabrió el debate sobre una actividad que está regulada por leyes nacionales y provinciales desde hace décadas. Aunque la medida fue publicada en abril, en los últimos días volvió a cobrar relevancia y despertó interrogantes sobre qué son estos espacios, cómo funcionan y por qué están permitidos en Mendoza.
La norma eliminada había sido sancionada en 2013, en ese momento se anunció la apertura de un coto de caza en la zona de La Carrera. Sin embargo, según explicó al Post el presidente del Honorable Concejo Deliberante de Tupungato, Marcelo Osorio, aquella ordenanza no tuvo efectos prácticos sobre la actividad.
"El coto efectivamente abrió y fue habilitado porque existe una ley nacional y una ley provincial que permiten la actividad cinegética", señaló el funcionario. Según explicó, la decisión de derogar la antigua medida que lo prohibía respondió a la necesidad de adecuar la normativa municipal al marco jurídico vigente provincial.
Desde la Jefatura de Fauna, dependiente de la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque, explicaron a este medio que un coto de caza es "un predio privado registrado formalmente ante la autoridad ambiental para desarrollar la actividad de manera controlada". Para funcionar, el establecimiento debe cumplir requisitos específicos, contar con planes de manejo y delimitar claramente el área donde se desarrollará la actividad.
"La actividad allí adentro está sujeta a las modalidades autorizadas por la normativa provincial vigente, lo que nos permite saber exactamente qué pasa, cuándo pasa y bajo qué condiciones", indicaron desde el organismo.
Desde la Jefatura remarcaron que los cotos cumplen además una función vinculada al manejo de especies invasoras. "Representan una herramienta de ordenamiento territorial y una aliada en el manejo de la biodiversidad", afirmaron. Según detallaron, permiten concentrar la actividad en áreas auditadas y facilitan el control estatal para evitar la caza furtiva.
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En Mendoza la caza de fauna autóctona está prohibida. Desde el organismo provincial aclararon que únicamente pueden cazarse especies exóticas invasoras como el jabalí, el ciervo colorado, la liebre europea y el conejo silvestre. "Especies nativas como el guanaco, el piche o nuestras aves están protegidas por ley con tolerancia cero", enfatizaron.
En ese sentido, Osorio explicó que tanto el jabalí como el ciervo colorado generan consecuencias en el territorio. "Son animales exóticos e invasivos que causan perjuicios a la producción y al ambiente", sostuvo. En el caso del jabalí, agregó que provoca daños en cultivos y también afecta a la actividad ganadera, ya que se come a los animales.
Respecto de la fiscalización, Osorio remarcó que la competencia recae sobre la Provincia. "Nosotros no tenemos ninguna injerencia en eso. Quien controla los lugares es la Dirección de Fauna", afirmó. Sin embargo, planteó la necesidad de ampliar la disposición de supervisión. "Desde el municipio solo podemos acompañar a la Policía Rural, que trabaja sobre rutas y caminos públicos, pero no puede ingresar a los campos. En algún momento deberíamos poder ingresar", señaló.
Otros de los desafíos que existen, según Osorio, tiene que ver con la comercialización de los animales que se cazan, el funcionario advirtió que: "Tenemos conocimiento de que se está comercializando mucha carne de jabalí, lo cual representa un riesgo para la salud pública". Pero como el municipio no tiene injerencia se desconoce "el destino final de las vísceras. Por lo que es un problema ambiental el depósito de los desechos".
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En tanto, desde la Jefatura de Fauna detallaron que cualquier persona interesada en realizar esta actividad debe tramitar una licencia de caza y abonar las tasas correspondientes. Además, si decide contratar servicios dentro de un coto privado, los costos de estadía, guía o logística forman parte de acuerdos entre particulares, siempre bajo supervisión de la normativa vigente.



