El Decreto 407/2026 se publicó hoy en el Boletín Oficial.
Reglamentaron la Reforma Laboral: los cambios principales
El Gobierno nacional avanzó este lunes en la implementación de la Ley de Modernización Laboral con la publicación del decreto 407/2026, que introduce modificaciones en distintos aspectos de las relaciones laborales. La normativa reglamenta cambios vinculados al registro de trabajadores, los controles médicos, la negociación colectiva, los acuerdos de desvinculación y el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales, entre otros puntos.
Uno de los ejes centrales de la reglamentación es la profundización de los procesos de digitalización en el ámbito laboral. El texto establece que la registración de empleados continuará realizándose a través de los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que centralizará la información sobre altas, bajas y modificaciones de datos laborales.
En ese marco, los empleadores dejarán de estar obligados a llevar los libros laborales previstos en el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, tanto en formato físico como digital. Toda la información quedará integrada en la plataforma administrada por ARCA y disponible para los organismos vinculados al trabajo y la seguridad social.
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La normativa también introduce cambios en los acuerdos de finalización de la relación laboral por mutuo acuerdo. A partir de ahora, la autoridad administrativa deberá intervenir para verificar la legalidad de esos convenios, asegurando que no existan irregularidades y que los intereses de las partes hayan sido adecuadamente resguardados.
Otro de los capítulos destacados está relacionado con las licencias médicas y el control de enfermedades de los trabajadores. El decreto dispone que toda prescripción médica que incluya reposo deberá emitirse de manera electrónica a través de plataformas registradas oficialmente y contar con la firma de profesionales habilitados. Además, cuando exista una diferencia irreconciliable entre el diagnóstico presentado por el trabajador y el control médico solicitado por el empleador, ambas partes podrán recurrir a una junta médica oficial o a instituciones especializadas de reconocida trayectoria para dirimir la controversia.
La reglamentación también incorpora nuevas exigencias respecto de la documentación salarial. Los recibos de haberes deberán presentar información detallada y comprensible, incluyendo el costo laboral total, los distintos conceptos que integran la remuneración y el monto neto percibido por el trabajador.
En materia previsional, se estableció que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deberá informar a los empleadores y a los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud tanto el inicio como la finalización de los trámites jubilatorios de los trabajadores involucrados.
La norma además redefine el funcionamiento de las Empresas de Servicios Eventuales. El nuevo esquema reemplaza regulaciones anteriores y adapta las exigencias a la dimensión y cantidad de trabajadores de cada firma. Según el Gobierno, el objetivo es otorgar mayor flexibilidad operativa y eliminar requisitos que resultaban difíciles de cumplir para pequeñas y medianas empresas del sector.
Modificaciones a nivel sindical
En el ámbito de la negociación colectiva, el decreto establece que los convenios cuyo plazo original haya expirado serán considerados vencidos. Asimismo, fija criterios para la participación de asociaciones empresarias y cámaras sectoriales en las discusiones paritarias, que deberán acreditar una representación mínima equivalente al 10% de los trabajadores comprendidos en el ámbito de negociación correspondiente.
La reglamentación también introduce modificaciones en el régimen sindical. Entre ellas, dispone que la integración de los órganos directivos de las asociaciones gremiales deberá guardar una proporción razonable con la cantidad de afiliados que aportan regularmente. Además, en los casos de disputa por la personería gremial, la organización que aspire a obtenerla deberá acreditar una cantidad de afiliados cotizantes superior en al menos un 5% a la de la entidad que ya posee ese reconocimiento.
Por otra parte, la Secretaría de Trabajo contará con un plazo de 30 días para convocar a la renegociación de los convenios colectivos vencidos, mientras que ARCA dispondrá de 120 días para adecuar sus sistemas informáticos e incorporar la registración laboral correspondiente al sector de la construcción.
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