El fallo de Casación que marca un límite a los jueces federales de Mendoza

La Cámara Federal de Casación revocó el rechazo de un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, en el caso de una mujer condenada por suministrar drogas a menores. La decisión aclara hasta dónde pueden llegar los jueces en este tipo de casos.

El fallo de Casación que marca un límite a los jueces federales de Mendoza

Editó: Mariano Rivas

Un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal trazó un límite para los jueces federales de Mendoza: no pueden rechazar un acuerdo entre la fiscalía y la defensa simplemente porque no están conformes con la pena o con el delito que se eligió para acusar. Así lo determinó la magistrada Ángela Ledesma.

El caso llegó a Casación después de que dos jueces mendocinos frustraran un acuerdo que la fiscalía y la defensa pública habían sellado. La acusada era investigada por regalar drogas a menores de edad. En un operativo en su domicilio, se encontraron plantines de cannabis y cocaína. La investigación estuvo a cargo de la fiscal Patricia Santoni y el auxiliar fiscal Juan Manuel González Bustinze.

Tras analizar las pruebas disponibles, la fiscalía decidió acusar por el delito que podía probar -suministro gratuito de estupefacientes agravado- y no por tráfico o tenencia con fines de comercialización, porque no había elementos suficientes para sostener esa acusación. Fue sobre esa base que se construyó el acuerdo con la defensa: la imputada reconocía su responsabilidad a cambio de 4 años y 6 meses de prisión domiciliaria y una multa de 25 unidades fijas.

 La jueza Ángela Ledesma firmó el fallo el 20 de mayo pasado.  

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El trato requería la aprobación de un juez. Pero el juez de garantías lo rechazó. Luego, el juez de revisión Manuel Alberto Pizarro también se negó a validarlo. Ambos cuestionaron la calificación del delito, el monto de la pena y la modalidad de cumplimiento. En síntesis: consideraban que la imputada merecía una condena más severa.

El límite que fijó Casación

Ese rechazo fue el que llegó a la Cámara Federal de Casación, el tribunal que supervisa las decisiones de los juzgados federales. La jueza Ledesma explicó que los jueces pueden -y deben- verificar que un acuerdo cumpla con la ley, pero que ese control tiene un techo: no pueden imponer su propio criterio sobre qué delito perseguir ni cuánta pena debería recibir el acusado.

"En el modelo acusatorio adoptado por el CPPF, respetando el paradigma constitucional, la acusación pertenece al Ministerio Público Fiscal. La jurisdicción controla su legalidad, pero no la reemplaza", sostuvo la magistrada en su fallo.

Ledesma aclaró que la función del juez no es la de un simple sello aprobador, pero también marcó el límite opuesto: "Tampoco puede transformarse en un acusador sustituto, ni está autorizado a sustituir la política criminal del acusador". Y agregó que "la discrepancia del magistrado sobre la calificación o la mayor severidad de la respuesta penal no es suficiente para frustrar el acuerdo alcanzado por las partes".

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El acuerdo también tenía el respaldo del fiscal revisor Dante Vega, lo que según el fallo le otorgaba una "validez estructural" dentro de la organización del Ministerio Público Fiscal. Ante la Cámara de Casación, la postura de la fiscalía fue sostenida por el fiscal general Mario Villar y representada por la auxiliar fiscal Natalia Crede.

Un precedente para la justicia mendocina

Mendoza está en plena implementación del nuevo sistema acusatorio federal, en el que la fiscalía decide a quién y por qué acusar, la defensa protege los derechos del imputado y el juez actúa como árbitro imparcial. Según este nuevo orden, cuando un magistrado rechaza un acuerdo porque preferiría una pena más alta o una acusación más grave, está ocupando un lugar que no le corresponde.

El fallo tuvo además un cierre concreto: como el código procesal impide reenviar el caso a otro tribunal en estas circunstancias, fue la propia Cámara la que condenó a la imputada -en los mismos términos que habían acordado fiscalía y defensa desde el principio.

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