El Fiscal de Estado irá contra Suarez por la toma de deuda por decreto

Fernando Simón presentará un recurso ante la Corte. Considera que el Gobernador actuó por fuera de la Constitución de Mendoza al decretar un endeudamiento en vez de solicitar la autorización legislativa. Una de las claves es la interpretación del término "reestructurar".

El Fiscal de Estado irá contra Suarez por la toma de deuda por decreto

Por:Jorge Fernández Rojas
Periodista/Analista

Qué se quiere decir cuando se utiliza el verbo "reestructurar" dentro de la Ley de Administración Financiera (LAF) de Mendoza. Esa parece ser la clave. Esa respuesta puede ser la llave que abre ropero de Narnia. En eso se puede convertir una discusión jurídica que ya está instalada y deberá resolver la Suprema Corte de Justicia para definir si uno de los últimos decretos de Rodolfo Suarez, publicado al filo del fin de 2022, cumple con el artículo 41 de la Constitución Provincial (CP).

El Gobernador interpretó que el artículo 68 de la ley 8706 lo habilita con un decreto a tomar préstamo para pagar la amortización de la deuda que se vence este año. 

Este aspecto altamente desarrollado en el dictamen de la Fiscalía de Estado (FE) a cargo de Fernando Simón emitido en noviembre es una de luces amarillas que encendió el órgano extra poder en esa opinión previa a la publicación de la regla que habilitó el refinanciamiento de la deuda pública, o mejor dicho, que autorizó a la toma de nueva deuda para pagar los vencimientos de 2023 de la deuda provincial. 

Suarez quiere emitir bonos en dólares para pagar la amortización de la deuda pública.

Ver también: Clausuraron un hogar de adultos mayores clandestino en Godoy Cruz

Es un roll over, pero eludiendo la autorización legislativa que necesita de mayoría especiales (2/3 de los votos) como establece la Constitución y que ha sido motivo de fuertes debates y polémicas con el peronismo que se ha negado en distintos momentos a avalar este pedido de refinanciamiento.

Dato que justifica este informe. La Fiscalía de Estado trabaja sobre un documento con los fundamentos para convencer a la Corte de Mendoza que declare inconstitucional el decreto gubernamental que permite la toma de deuda a través de la emisión de bonos y con ese dinero obtenido pagar los vencimientos de la deuda provincial de 2023. Para esto tiene tiempo legal hasta el sábado 28. El Fiscal de Estado Simón ya se había expresado en este sentido antes de la decisión de Suarez de firmar el decreto. Sobre ese texto de la FE fechado el lunes 14 de noviembre de 2022, basamos esta crónica.  

Ver también: La Nación consiguió canjear la deuda hasta 2024

Ahora Simón se prepara para plantear la inconstitucionalidad del decreto que él advirtió que no se debía utilizar como herramienta para habilitar la toma de deuda pública. Lo concreto es, cómo se utiliza el concepto de reestructuración de la deuda. Simón llega a lo más básico y recurre a la RAE para definir el significado literal y también suma a su análisis conceptos jurídicos y financieros. Para el Fiscal tomar deuda para pagar parte de otra no es reestructurarla como dice el artículo 68 de la norma y por eso, ratifica que para realizar esa operación necesita del aval legislativo. 

El actual Fiscal de Estado cuando ocupaba una banca en el Senado de Mendoza. 

Mientras tanto el Partido Verde ya hizo su presentación de acción de inconstitucionalidad y hoy, miércoles 4 a las 10:30 en la Legislatura, el peronismo y su aliado, el "protector" José Luis Ramón, anunciarán que irán al Alto Tribunal para reclamar contra el decreto publicado el jueves 29 de diciembre de 2022.  

Conclusiones y bases de una demanda

Simón, concluye. "La emisión de títulos públicos propuesta en el decreto no constituye, una 'reestructuración' de la deuda pública provincial. Por lo tanto no queda encuadrado en la autorización permanente fijada por el artículo 68 de la Ley de Administración Financiera".

• Modifiquen la ley. El organismo de control entiende que para realizar esta operatoria el Poder Ejecutivo "requiere la previa autorización dada por ley sancionada por la Legislatura con el voto de dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara; la que podrá ser otorgada para este caso concreto o en forma permanente mediante su inclusión de manera clara y expresa en la LAF, en ambos supuestos con las mencionadas mayorías agravadas".

Intentos de reformas. Entre los antecedentes que registra Simón en su dictamen para ratificar su razonamiento que lo lleva a afirmar que el Ejecutivo sobregiró la interpretación de la ley hay dos proyectos que intentaron modificar la ley de Administración Financiera. Se intentó sumar al artículo 68 un párrafo "bis" que incluyera la posibilidad de tomar deuda para pagar otra sin tener que pasar por el filtro. Esos ejemplos de intentos de reforma de la ley ocurridos en 2018 y 2020 dan la pauta que el decreto queda sin sustento legal, razona Simón. Además subraya que nunca antes, otro gobierno, intentó saltear el control legislativo en una toma de empréstito público. 

Ver también: Alberto: "Merecemos contar con un servicio de justicia digno"