Cristina apeló la sentencia y los fiscales solicitaron agravar la pena

La vicepresidenta consideró que debe ser absuelta porque no se pudo comprobar que cometió delito. En tanto que la Fiscalía quiere que también sea condenada por asociación ilícita y se agrave la pena.

Cristina apeló la sentencia y los fiscales solicitaron agravar la pena

Por: Leonardo Otamendi

 La vicepresidenta Cristina Kirchner apeló este lunes la condena dictada en su contra por el Tribunal Oral Federal número dos, a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, en el marco de la Causa Vialidad. En paralelo, los fiscales apelaron la solicitud de la ex mandataria y solicitaron que también se la condene por el delito de asosciación ilícita y por consiguiente se le agrave la pena

Mediante un escrito de casi 400 páginas, firmado por sus abogados, Carlos Alberto Beraldi y Ary Llernovoy, la defensa aseguró que "a lo largo del juicio quedo acreditada, en forma categórica, la inocencia de Cristina Fernández de Kirchner".

"Tanto fue así que el tribunal no tuvo más remedio que descartar las tres toneladas de prueba que la fiscalía decía tener en contra de nuestra representada, fundando la sentencia a partir de simples indicios y algunos papeles que a lo sumo deben pesar unos pocos gramos", añadió el escrito.

Cristina Fernández, argumentando que es inocente luego de ser condenada.

Según la defensa, la vicepresidenta "no resultó condenada ni por haber liderado una asociación ilícita, ni por haber parasitado las estructuras del Estado, ni por haber asignado ilegalmente obra pública a la provincia de Santa Cruz, ni por haber definido por sí misma las leyes de presupuesto del país ni por haber provocado un apagón informativo en el ámbito del Congreso de la Nación".

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Tales fueron las acusaciones de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, quienes también apelaron pero, en su caso para que sea condenada incluyendo el delito de "asociación ilícita".

Los abogados Beraldi y Llernovoy afirmaron que "en cualquier juicio normal, al haber quedado probada la falsedad de la acusación, jueces imparciales hubiesen dictado un pronunciamiento absolutorio".

Antes de la sentencia, la vicepresidenta sufrió un atentado.

"Sin embargo, el tribunal condenó a Cristina Fernández de Kirchner, ratificando así lo que nuestra defendida había advertido al inicio del debate: su condena ya estaba decidida", insistieron.

El argumento central de la defensa es que "los jueces se valieron de tres circunstancias que de manera alguna pueden validar la consecuencia a la que se arriba: el dictado de un decreto que actualmente sigue vigente y cuya licitud ni siquiera fue objetada en la sentencia; relaciones comerciales entabladas con Lázaro Báez que no forman parte de este juicio y cuya legalidad tampoco fue cuestionada por el tribunal y; los mensajes de texto extraídos del celular de José López, que no fueron enviados ni recibidos por nuestra representada".

El escrito se dedicó a refutar esos tres ejes de la acusación, en un detallado análisis y refutación de los argumentos a los que recurrió el tribunal, en una sentencia de más de 1.600 páginas.

"La falta de pruebas, los factores externos que contaminaron el trámite del proceso, las graves violaciones al derecho de defensa y las contradicciones internas del fallo ponen por sí solos en evidencia la arbitrariedad de la sentencia aquí recurrida", reiteró la defensa.

En ese contexto, Beraldi y Llernovoy subrayaron que "en las primeras páginas de la sentencia recurrida quedó de manifiesto que la condena dictada en contra de Cristina Fernández de Kirchner no cuenta con pruebas directas que la avalen, sino antes bien se basó en una serie de circunstancias que los magistrados calificaron como indicios".

En una guía de lectura de la apelación, identificaron los puntos centrales de lo que consideran arbitrario del fallo.

Así, enumeraron la "deliberada vulneración del derecho de defensa en juicio y la actuación contradictoria del tribunal oral; la ausencia de ánimo de lucro en los actos atribuidos a Cristina Fernández de Kirchner; la ausencia del lucro indebido y la absoluta legalidad de las operaciones cuestionadas; la violación de la garantía ne bis in ídem (no se puede juzgar dos veces por el mismo delito); ausencia de negociaciones incompatibles y absoluta ilogicidad de la acusación".

Además, hicieron hincapié en la "distancia entre la Presidencia de la Nación y los procesos de adjudicación, ejecución, certificación y pago de las obras viales", para explicar que las obras públicas por las que fue condenada atravesaron todos los estamentos de control, incluso parlamentarios, antes de llegar a la cabeza del Poder Ejecutivo.

El pedido de la Fiscalía

Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola apelaron este lunes la absolución de la vicepresidenta, Cristina Kirchner, por el delito de "asociación ilícita" en la Causa Vialidad y pidieron que también sea condenada por esa figura.

Los fiscales consideraron que la decisión adoptada por mayoría por el Tribunal Oral Federal número dos "reposa tanto en una errónea interpretación de los requisitos típicos correspondientes, como en una incorrecta y sesgada ponderación de los elementos probatorios colectados".

Fiscal Diego Luciani.

Según la apelación, de más de 500 páginas, todos los acusados "formaron e integraron una organización criminal destinada a la comisión de delitos".

"Sus conductas son, respectivamente, constitutivas del delito de asociación ilícita. Para ello, debemos consignar -tal como ha quedado harto acreditado luego del exhaustivo análisis que hemos desarrollado respecto a cada una de las licitaciones objeto de este proceso- que en las presentes actuaciones no se trata de que se hubieren efectuado una o dos licitaciones irregulares", puntualizaron.

Tampoco se trata, afirmaron "de la convergencia en la intervención negligente o desaprensiva de uno o dos funcionarios en el marco de una contratación".

"Los elementos de prueba que han sido colectados en el juicio indican que la asociación delictiva (que, incluso, consumó sus planes delictivos), funcionó en forma estable y permanente dentro de la estructura administrativa estatal y fuera de ella (a través de la instauración de una ingeniería societaria creada y ampliada para los fines buscados), y su duración se extendió" en el tiempo, sostiene el recurso.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal recurrieron la sentencia en relación a las absoluciones de la vicepresidenta; del exministro de Planificación, Julio Miguel De Vido; del exsecretario de Obras Públicas, José Francisco López, y del extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) Nelson Periotti y del entonces presidente de la Administración General de Vialidad de la Provincia de Santa Cruz (AGVP) Héctor Garro.

La apelación fue difundida a través de la página del Ministerio Público Fiscal en internet.

Allí, los fiscales informaron que también apelaron "el monto del decomiso ordenado y el sobreseimiento - por extinción de la acción penal por prescripción- respecto del exsecretario de Coordinación de Obra Pública Federal, Carlos Santiago Kirchner, por incumplimiento de deberes de funcionario público".

Para los fiscales, la sentencia "deviene a todas luces arbitraria por cuanto no se encuentra debidamente fundada y no constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias de la causa".

"Asimismo, también resulta autocontradictoria por cuanto presenta una ambigüedad de tal magnitud que deviene inconciliable por su irrazonabilidad", concluyeron.

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