Cambios en el arbolado: qué se modifica y qué deberán hacer los municipios

La provincia actualizó normas clave sobre gestión, control y planificación del arbolado público. Aparecen nuevas obligaciones para las comunas y más control ambiental.

Cambios en el arbolado: qué se modifica y qué deberán hacer los municipios

Por: Federico Lemos

 Se oficializó lo que la Legislatura de Mendoza ya había aprobado: una reforma de fondo en la normativa que regula el arbolado público, con cambios que impactan directamente en la gestión municipal y en el rol de la Provincia. La actualización quedó establecida en la Ley 9702, impulsada por el Ministerio de Energía y Ambiente, que introduce modificaciones sobre la Ley 7874.

Uno de los puntos centrales redefine quién tiene competencia sobre los árboles según el territorio. El Estado provincial mantiene jurisdicción en rutas, caminos y espacios bajo su dominio o de organismos como Vialidad o Irrigación, mientras que los municipios pasan a tener control exclusivo sobre el arbolado en su ámbito.

En ese esquema, las comunas deberán presentar un Plan de Manejo Integral del Arbolado cada cuatro años. Ese documento tendrá que ajustarse a lineamientos técnicos fijados por la Provincia y contemplar las características ambientales y sociales de cada zona. Además, se exigirá un informe anual que detalle avances, resultados y posibles cambios en la planificación.

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La ley también fortalece el rol de la Subsecretaría de Ambiente, que será la autoridad de aplicación en jurisdicciones provinciales y nacionales. Desde allí se coordinarán políticas, se fijarán criterios técnicos y se supervisará el cumplimiento de las normas sin reemplazar las funciones municipales.

Otro eje relevante apunta a la planificación técnica del arbolado. La normativa establece que se deberán definir especies adecuadas según el entorno, promover la diversidad para evitar plagas y avanzar hacia modelos de mantenimiento más eficientes, con menor necesidad de poda y costos reducidos.

También se incorpora la obligación de impulsar programas de educación ambiental en escuelas públicas y campañas de concientización para la comunidad. La participación social aparece como un componente clave en la preservación del arbolado.

En cuanto a intervenciones directas, como poda o tala, la ley fija que será obligatorio contar con autorización previa de la autoridad competente en cada jurisdicción. Incluso los organismos públicos deberán obtener aval jerárquico antes de avanzar sobre árboles ubicados en sus predios.

Por último, la reforma introduce un cambio en la Ley Orgánica de Municipalidades: las comunas no podrán modificar nombres históricos de calles o espacios públicos sin una ley provincial específica, lo que suma una nueva restricción institucional.