Un mendocino fue condenado por violencia de género en Santa Fe

En el día del aniversario de "Ni Una Menos", un hombre oriundo de Mendoza fue sentenciado a seis meses de prisión en suspenso.

Un mendocino fue condenado por violencia de género en Santa Fe

Editó: Leonardo Otamendi

 Una condena de seis meses de prisión de ejecución condicional fue dictada en la provincia de Santa Fe contra un mendocino, identificado como E. O. Montesino. El sujeto fue encontrado penalmente responsable por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género. El dictamen se encuadra en los episodios acontecidos en la localidad santafesina de Santa Isabel en noviembre de 2025.

La resolución se conoció este 3 de junio, fecha en que se conmemora la movilización "Ni Una Menos". Este movimiento surgió en 2015 para exigir el fin de la violencia hacia las mujeres y de los femicidios, tras el asesinato de Chiara Páez, una adolescente de 14 años en Santa Fe.

El fallo fue dictado por el juez unipersonal Marcelo Pagano bajo el Legajo Nº 10997, luego del juicio oral realizado el pasado 19 de mayo. En la sentencia se dio por probado que Montesino, nacido en Mendoza, agredió físicamente a quien era su pareja tras un altercado por celos.

La acusación estuvo a cargo del fiscal sustituto Enzo Rangone, del Ministerio Público Fiscal de la IV Circunscripción Judicial. Según la presentación, los hechos comenzaron el 3 de noviembre de 2025 y continuaron al día siguiente en la vivienda que compartían en Santa Isabel.

En el inmueble, el imputado golpeó a la mujer en diferentes zonas del cuerpo, la arrastró del cabello, la empujó múltiples veces y la arrojó contra diversos objetos. A raíz de estas agresiones, la víctima padeció hematomas en brazos, rodillas y en el omóplato izquierdo.

Las lesiones fueron certificadas el 7 de noviembre de 2025 por la médica Jésica Batistela y validadas mediante un reporte forense. Durante el debate, la damnificada ratificó la versión de los acontecimientos que había expuesto en su denuncia inicial en la comisaría de Santa Isabel.

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La mujer describió una situación prolongada de maltrato físico y psicológico marcada por celos y conductas de control por parte del encausado. Para fundar el fallo, Pagano ponderó la coherencia y persistencia del relato de la afectada desde la denuncia hasta el juicio.

El juez complementó esa valoración con los peritajes médicos, fotografías sumadas a la causa y testimonios de personal policial y allegadas. Además, reparó en el estado emocional de la denunciante, quien sufrió una crisis de temor al declarar frente al acusado.

Esta situación obligó a disponer el retiro de Montesino a un espacio contiguo para garantizar la continuidad del testimonio. El magistrado consideró probado que la víctima se encontraba inmersa en un contexto de violencia de género caracterizado por aislamiento y dependencia emocional.

El fallo describió que la afectada atravesó etapas de enamoramiento, tensión y posterior agresión, otorgando perdones bajo la expectativa de un cambio en la conducta del agresor, componentes descritos como característicos del ciclo de la violencia.

La defensa técnica, ejercida por la defensora penal Soledad Trímboli, solicitó la absolución del imputado o la aplicación de la pena mínima. Sin embargo, el tribunal dio por acreditada la teoría de la fiscalía y declaró a Montesino responsable del delito de lesiones leves agravadas.

Junto con la pena de prisión en suspenso, el juez Pagano fijó reglas de conducta por el término de dos años. Las pautas obligan al condenado a fijar un lugar de residencia, someterse al control judicial y mantener la prohibición absoluta de contacto y comunicación con la víctima.

Finalmente, Montesino tendrá prohibido el consumo de sustancias estupefacientes y el abuso de bebidas alcohólicas, y deberá iniciar un tratamiento psicológico en caso de que así lo indiquen los informes profesionales correspondientes.

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