Gran Hermano España: 15 meses de cárcel por violar a una participante

José María López fue declarado culpable por el abuso sexual de Carlota Prado. El hecho ocurrió en 2017 en el reality de España.

Gran Hermano España: 15 meses de cárcel por violar a una participante

Por: Ángeles Acosta

Un exparticipante de Gran Hermano España fue condenado por abusar sexualmente de otra compañera del programa. El hecho ocurrió en 2017 dentro de la casa pero ahora se conoció la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

José María López fue declarado culpable por el abuso sexual de Carlota Prado, su compañera en la versión Gran Hermano de España. Todo ocurrió precisamente el 4 de noviembre de 2017.

Luego de ese momento, la joven pidió a la Justicia por el terrible momento que vivió dentro del programa y por lo mal que lo manejó la producción. En las imágenes del reality, se la pudo ver inconsciente por la cantidad de alcohol que había tomado y también cómo López la arrastraba para llevarla hasta la habitación. Luego se desarrolló el hecho debajo de las sábanas, sin el consentimiento de Prado.

José María López fue declarado culpable por el abuso sexual de Carlota Prado.

Así, luego de cinco años y medio, José María López fue encontrado culpable por el delito consumado de abusos sexuales y condenado a 15 meses de prisión. Al tiempo que tendrá que pagar una indemnización de 6.000 euros a la víctima por daño moral.

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Además, el Tribunal madrileño también condenó a Zeppelin TV, la productora de la versión española de Gran Hermano, como responsable civil subsidiaria y deberá indemnizar a la víctima con 1.000 euros.

A partir de este hecho, no se volvió a realizar Gran Hermano en España y además se modificaron varios puntos del reglamento. Por ejemplo, ya no les dan alcohol durante las fiestas y todos los jugadores deben dar su consentimiento antes de tener relaciones sexuales.

El fallo que condenó al participante de Gran Hermano por abuso sexual

En la resolución se destaca que López estuvo "guiado por un ánimo libidinoso, a sabiendas de que Carlota P.A. se encontraba bajo los efectos de un sopor etílico que le conduciría después a la inconsciencia, le quitó los pantalones -cuando ambos se encontraban ocupando la misma cama-, y comenzó a efectuar bajo el edredón movimientos de carácter sexual, pese a que la víctima débilmente le dijo ‘no puedo'".

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"En varias ocasiones pidió a Carlota que abriera los ojos, pero ella permaneció inmóvil y, cuando su agresor le preguntó cómo se encontraba, sólo acertó a responder que se quitara, momento en que se giró y cayó en la inconsciencia", continúa el fallo.

"Los movimientos lúbricos del condenado continuaron varios minutos más, hasta que la víctima se destapó la cara, un brazo y se dejó ver su estado inerte, lo que motivó la intervención de uno de los miembros del programa encargado del visionado de la grabación, momento en el que cesó la situación. Carlota, en ese momento vomitó y se mostró completamente aturdida. Estaba privada de todo sentido durante el desarrollo del acto punible y en condiciones deplorables a lo largo de todo el intervalo que cubre la grabación. Es imposible no concluir que fue utilizada por el acusado como un objeto para satisfacer a modo de juguete sexual, sin que haya la menor sombra de consentimiento y, consecuentemente, de libertad de su parte en lo acontecido", dice también el dictamen.

El fallo condenatorio del hecho ocurrido en 2017 en GH España.

Y agrega: "Las grabaciones se exhibieron a la víctima al mañana siguiente, en una sala aislada, donde Carlota se encontraba sola y sin más compañía que la voz en off del conocido como ‘Súper', sin preparación alguna de lo que se le iba a mostrar, sin asistencia previa acerca de lo que se le iba a mostrar y sin que ninguna cláusula contractual regulara el proceder en estas circunstancias. El visionado de lo que había ocurrido provocó en la víctima un profundo malestar, sorpresa y dolor, y posteriormente ansiedad y estrés, que en fechas posteriores condujo a un trastorno psicológico".

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