La jefa de Sección en la aduana de Horcones les ordenó requisar un micro, no lo hicieron y en Uspallata fue revisado para cumplir con la medida. Al ser inspeccionado, encontraron en el interior mercadería no declarada.
Dos aduaneros mendocinos, a juicio por hacer la vista gorda con un contrabando
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) de Mendoza confirmó la continuidad del proceso penal contra dos agentes aduaneros mendocinos, al rechazar el planteo de prescripción por violación al plazo razonable de juzgamiento presentado por la defensa. Los imputados, uno de los cuales sigue en funciones, enfrentan cargos por incumplimiento de deberes de funcionario público desde la denuncia efectuada en abril de 2013.
El origen de la causa se remonta a la madrugada del 21 de abril de 2013, cuando un micro proveniente de Chile ingresó al Complejo Aduanero Los Horcones. Tras la orden de revisión impartida por la Jefa de Sección a los imputados, el vehículo continuó su trayecto hasta ser interceptado en Uspallata por personal aduanero, quienes hallaron mercadería de contrabando oculta en la unidad. Al ser interrogados por su jefa sobre la inspección previa, los agentes mintieron, lo que derivó en la denuncia penal.
Tras ser procesados en 2014 y confirmada dicha medida en 2015, la causa fue elevada a juicio en 2016 por el Tribunal Oral Federal (TOF) N°1 de Mendoza. Pese a que desde diciembre de ese año el debate podía fijarse, la audiencia nunca se concretó, motivando reiterados pedidos de prescripción por parte de la defensa, los cuales fueron desestimados por el tribunal oral en mayo de 2025.
En esta instancia, el fiscal general Javier De Luca se pronunció a favor de extinguir la acción penal, señalando que el TOF mendocino "no brindó ninguna razón plausible sobre las constantes demoras y dilaciones indebidas a la hora de tratar y resolver planteos de las partes, así como de impulsar el expediente y concretar la realización del juicio oral y público".
El fiscal enfatizó que existió "una afectación al derecho de los imputados de ser juzgados en un plazo razonable", dado que transcurrieron "más de doce años desde la denuncia realizada, sin que se haya realizado siquiera el juicio oral que determine la situación procesal de los imputados, situación que resulta atribuible únicamente a la demora irrazonable del tribunal en llevarlo a cabo".
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No obstante, los camaristas Javier Carbajo y Daniel Petrone votaron por rechazar el recurso de la defensa. Carbajo sostuvo que "ese derecho que tienen los imputados a ser juzgados sin dilaciones, no puede ni debe traducirse para el órgano jurisdiccional en un número específico de días, meses o años, sino que es deber jurisdiccional evaluar en cada caso concreto ciertas pautas de razonabilidad".
Por su parte, la jueza Ángela Ledesma votó en disidencia, adhiriendo a la postura del fiscal al considerar que era "evidente que se ha lesionado el derecho fundamental de los acusados a ser juzgados sin dilaciones indebidas y a la definición de los procesos en un plazo razonable, resultando adecuado poner fin al ejercicio de la persecución penal del Estado".



