El Código de Faltas, moral y sin criterio

La tabla de multas no se condice con la falta. Insultar a un funcionario es más grave que no vacunar a los niños.

El Código de Faltas, moral y sin criterio

Por:Ana Montes de Oca
Periodista

Al Código de Faltas impulsado por el gobierno provincial y que ayer se aprobó por unanimidad del oficialismo en el Senado le faltó el sentido común.

Si bien esta clase de ordenamientos de la conducta social son necesarios para poder convivir en paz, y era necesario que Mendoza lo aggiornara, hay artículos que se contraponen con algunas libertades individuales y que probablemente serán tomadas como anticonstitucionales.

Además, las tablas que estipulan el monto de la multa a pagar carece de sentido común. Un ejemplo de ello es que habrá que pagar más por dejar a un niño solo en un auto (900 Unidades Fijas) que por no vacunarlo (800 UF), aun cuando la falta de vacunación es un riesgo sanitario enorme para otros niños. También llama la atención que dejar a un niño solo en un auto, es igual de grave que dejar a un perro, ya que la multa es la misma.

(Foto: dejar a un niño en el auto es igual que dejar a un perro)

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Así mismo, las contravenciones relacionadas con el descuido de los menores parecen ser menos graves que "ofender pública y directamente a un funcionario", ya que la multa por esto último es de las más altas que estipula el Código (puede ir hasta 3000 UF, que son cerca de 30 mil pesos ya que la UF equivale a un litro de nafta promedio pero se actualiza anualmente cuando se sanciona la Ley Impositiva, hoy una UF equivale a $9,50).

En este sentido, parece desmedido respecto de las sanciones que establece la Ley de Tránsito, en la cual una falta "gravísima" tiene una sanción de hasta 1000 UF.

Si bien el contraventor puede solicitar que en vez de arresto o cobro le impongan horas de trabajo comunitario, la ley que ayer aprobó el Senado estipula que el juez puede imponer "obligaciones de conducta". Dentro de ellas está prohibirle concurrir a ciertos lugares (por ejemplo canchas) pero también le puede prohibir "relacionarse con determinadas personas".

También puede exigir que el contraventor termine los estudios primarios o secundarios, que estudie un oficio y hasta que los padres concurran a terapia familiar.

(Foto: el juez puede mandarte a terminar la escuela)

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Muchos de los senadores de la oposición, que ni siquiera bajaron al recinto a tratar la ley, aseguraron que se trata de un Código autoritario, y sorprende que en el documento se considere a los funcionarios públicos como "Autoridad". Dentro de las faltas contra la autoridad, no sólo están los agentes de las fuerzas de seguridad, sino los funcionarios provinciales, municipales y los docentes. Un empleado municipal podría pedirnos documentos en la calle.

El caso de los docentes es delicado, ya que el código asegura que un padre incurre en falta si "ingresa sin autorización al establecimiento educativo y/o no se retire a requerimiento del personal directivo y/o perturbare de cualquier manera el ejercicio de la función educativa".

Así mismo, está penado que un alumno agreda con insultos, mofas o señas al personal docente, y en ese caso pagan los padres, pero nada dice en caso de que el docente sea quien agreda u ofenda al alumno. Lo mismo sucede con médicos, enfermeros y personal sanitario: si alguien los ofende o les grita, es una falta.

"¡Pescadero! Hay pescado fresc..."

El código habla también de "actos turbatorios y desórdenes". Entre ellos, está penado pelear en la vía pública, así que ahora el "te espero en la esquina" tendrá que ser "te espero en mi casa".

También se considera un acto turbatorio el "promover o utilizar las redes para incitar a un tumulto, así que las marchas autoconvocadas a través de Twitter o Facebook pueden considerarse una falta, pero ¿qué pasa con la privacidad de las opiniones en las redes?

Como corolario, ya no se podrá putear en la cancha, habrá que cambiar la conducta futbolera porque el inciso D del artículo 55 asegura que es falta "agredir con insultos, señas, golpes sin causar lesiones o de cualquier otro modo a un jugador, artista o participante de un espectáculo o evento, antes, durante o inmediatamente después del mismo".

Otros "desórdenes" son los ruidos molestos entre los que se encuentran que un perro ladre mucho y el dueño no lo haga callar o el pregón del pescadero ya que el código prohíbe promocionar ventas con altoparlante, porque puede molestar.

El artículo 57 le pone fin a los trapitos prohibiendo que alguien no autorizado pida dinero a cambio de cuidar el auto, pero también prohíbe que una persona nos ofrezca lavar el auto. Además, la multa a un trapito es menor a la que se impone a un acosador sexual callejero. 

También quedan prohibidos los tarotistas y adivinadores y los abogados "cuervos" que entregan tarjetas a accidentados.

Y los borrachos. Según el código, si alguien está en "visible estado de ebriedad" le toca multa. Aunque no moleste a nadie. 

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