Cómo influirán las reformas en tu economía

Las modificaciones impositivas, previsionales, laborales y para el mercado de capitales del Gobierno tienen una consecuencia directa en tu vida diaria.

Cómo influirán las reformas en tu economía

Por: Mendoza Post

Muchos parecieran encontrarse algo ajenos a las reformas que el Gobierno quiere implementar desde el Congreso de la Nación en cuanto a cambios impositivos, previsionales, laborales e incluso en el mercado de capitales.

Pero lo cierto es que estas modificaciones afectan directamente a todos los ciudadanos, y están muy cerca de ver la luz, ya que algunos de ellos tienen media sanción, como por ejemplo el proyecto de ley de mercado de capitales y el cambio en el ajuste de la movilidad previsional.

Para ilustrar las modificaciones, El Cronista, ilustró algunos ejemplos para entender cómo afectarán directamente a las personas estos cambios.

#1 Inversiones

Se gravan en el Impuesto a las Ganancias al 5% los intereses a plazo fijo en pesos, las rentas que se obtienen por títulos públicos y por fondos de inversión. Hasta ahora todas esas rentas están exentas, pero si prospera la reforma, pasa a tributar lo que supere anualmente el valor del mínimo no imponible, que hoy asciende a $51.967 y los gastos de adquisición de esas inversiones.

Continúan gravadas al 15% las utilidades por venta de acciones que no cotizan en bolsa. Sólo quedan exentas las utilidades por acciones que cotizan en bolsa y los mínimos intereses que pagan las cajas de ahorro.

Las rentas por instrumentos en moneda extranjera o que están indexados pagarán el 15%. Estas rentas financieras, en la actualidad, se encuentran gravadas para las empresas.

#2 Trabajadores

Para los aportes personales que realizan los empleados, se eliminará, gradualmente en un período de cinco años, el límite máximo de la base imponible que actualmente es de $ 81.918,55 mensuales. El aporte que se realice por encima de ese tope se podrá deducir en el cálculo de la Retención del Impuesto a las Ganancias. 

Se propone derogar los beneficios que tienen determinados convenios en desgravar determinados rubros en el cálculo del Impuesto a las Ganancias, beneficios que fueron establecidos por leyes especiales, por ejemplo viandas y viáticos en determinados convenios (petroleros).

Sugestivamente, se elimina del texto de la ley la exención en el impuesto de la indemnización por despido.

La ley 27.346 (vigente) ordena incrementar, desde enero de 2018, las deducciones personales y las escalas para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias en los sueldos, resta que la AFIP oficialice la medida. La variación del índice, hasta agosto fue del 23%, falta incorporar los porcentajes de los meses de septiembre y octubre de 2017.

Actualmente pagan Ganancias los trabajadores que superan los siguientes ingresos mensuales netos: 

a) Empleados solteros: $23.185;
b) Casados: $26.912, y
c) Casados con dos hijos: $30.671. 

A partir de enero, como mínimo ya que falta que se publiquen los índices de septiembre y de octubre, estos valores pasarían a: $28.518; $33.102 y $37.725, respectivamente.

Pero además tendrán que ajustarse los escalones de las alícuotas, lo que producirá que los que paguen lo tengan que hacer con tasas efectivas menores de impuesto. Asimismo, en la reforma laboral que propone el gobierno pero que rechazan los gremios se encuentran puntos que modifican sustancialmente la ley de Contrato de Trabajo.

#3 Autónomos

Podrán descontar anualmente el doble de lo que deducen hoy por el rubro deducción especial. El importe actual es de $ 51.967, a partir de la reforma la deducción sería de $ 103.934. Igualmente este valor es menor al que descuentan los empleados en relación de dependencia anualmente, que llega a ser de $ 249.441,60. Sigue sin entenderse el motivo de esta discriminación, entre los autónomos y los empleados.

#4 Inmuebles

Se elimina el Impuesto a las Transferencias de Inmuebles (ITI), que actualmente grava con la tasa del 1,5% a las ventas de inmuebles, en la medida que el vendedor no reemplace el bien dentro de un año. Se propone, a cambio, gravar al 15% el resultado obtenido por la venta de un inmueble que se adquiera luego de la vigencia de la ley, en la medida que no sea la casa habitación del vendedor ni que se haya recibido por herencia.

En cuanto a los alquileres, el valor locativo declarado de los inmuebles, si sale la ley, no podrá ser inferior al de mercado. Se introduce esta variable, actualmente se considera el valor que tienen los bienes a los efectos de los impuestos inmobiliarios, notoriamente inferior.

#5 Monotributo

Los principales cambios que se harían en el Régimen Simplificado son los siguientes: Se incrementa a $15.000 el valor unitario de los bienes que se pueden comercializar (hoy $ 2.500). Las sociedades de hecho no podrán ser más monotributistas.

Se elimina la cantidad mínima de empleados que obligatoriamente deben tener las tres categorías más altas. Habrá dos recategorizaciones semestrales (hoy 3 cuatrimestrales). No habrá exclusión por el patrimonio que se posea, lógicamente los gastos y adquisiciones deberán responder a los ingresos declarados en el Monotributo.

Modifican el premio por cumplimiento, al adherir a pagos por débito automático. Se mantiene el número de tres actividades que se pueden incorporar al Régimen Simplificado. Por otra ley (27.346), que ya está vigente, los parámetros de todas las categorías y las mensualidades se incrementarán un 28%, a partir del mes de enero de 2018.

#6 Consumo

Se propone modificar las alícuotas del Impuesto Interno de los siguientes consumos: Autos de gama media pasa del 10% al 0%. Motos de alta gama: del 10% al 20%. Whisky, coñac y otras del 20% al 29%. Gaseosas y otras sin alcohol al 0% (sin azúcar) y al 17% (con azúcar).

También, se proponen cambios en cigarrillos y en el Impuesto sobre los Combustibles. Habrá una reducción de las alícuotas del impuesto interno para artículos electrónicos, pero será escalonada, del 10,5% en 2018 hasta llegar al 2% en 2023. Lógicamente, estos cambios producirán una modificación en los precios de esos bienes cuando lleguen al consumo.

#7 Jubilaciones

Por el pacto fiscal, se acordó modificar el régimen previsional y la movilidad previsional, pasándose de la fórmula actual a que los haberes se actualicen trimestralmente considerando la inflación más la influencia de un índice que mide la evolución de los salarios (RIPTE); este último punto ya tuvo aprobación del Senado y perjudicará a los jubilados el año que viene.

Asimismo, se acordó garantizar que las jubilaciones sean de al menos el 82% del salario mínimo vital y móvil, que en enero irá a $ 9.500 y en julio del 2018 llegará a $ 10.000. Por otro lado, se propone eliminar las jubilaciones de privilegio; en este punto sería importante que se diferencien las que son de privilegio y las especiales que están condicionadas por las tareas insalubres que se realizan.