Calamaro fue denunciado en Córdoba por incitar al consumo de marihuana

"El Salmón" fue acusado en Córdoba por apología de drogas. Hace veinte años enfrentó la misma causa en La Plata.

Calamaro fue denunciado en Córdoba por incitar al consumo de marihuana

 El músico Andrés Calamaro volvió a quedar envuelto en una causa judicial luego de sugerir la idea de fumar un "porro" (cigarrillo de marihuana) durante un show que dio en febrero en el festival Cosquín Rock, en Córdoba, tal como ocurrió en 1994 en La Plata.

 En su presentación,  el legislador Aurelio García Elorrio mencionó que el sábado 14 de febrero Calamaro, "según cuentan registros periodísticos, entre los temas 'Tuyo siempre' y 'Loco', habría gritado la frase 'qué linda noche para...' a lo que la audiencia debía responder de acuerdo a los antecedentes y costumbres del músico 'fumarse un porrito', lo que sucedió en forma masiva entre aplausos y algazara.


Nueva denuncia

Ahora, García Elorrio hizo la presentación ante la Justicia federal, ya que con su conducta, el músico podría haber violado la ley nacional de estupefacientes 23.737 que reprime con prisión de 2 a 6 años a quien resulte culpable del delito de "preconizar o difundir públicamente el uso de estupefacientes, o indujere a otro a consumirlos".

Calamaro enfrentó la misma causa en 1994


Calamaro tiene otros dos registros ante la Justicia.
En agosto de 2009, en el Club Social y Deportivo Estrella de Maldonado, en un acto convocado para la presentación del libro Postales tumberas, fumó un cigarrillo de marihuana frente al público y se le inició una causa, que no prosperó. 

En agosto pasado, en tanto, un tribunal lo reprendió a él y a su ex esposa, la actriz Julieta Cardinali, por las disputas derivadas de la ruptura de la pareja y la repercusión sobre la hija de ambos, de entonces siete años, al tiempo que fijó una cuota de alimentos.

"Si las partes supieran distinguir bien lo que fue la pareja conyugal de la pareja parental, y obraran equilibradamente, y con la debida responsabilidad en su condición de padres, por supuesto que sería preferible que ambos progenitores actuaran de consuno y de manera directa e inmediata para atender las necesidades de la hija común", sostuvo la Sala B de la Cámara Civil. 

"Empero, estas actuaciones demuestran con claridad que tal cometido todavía no resulta posible. Vayan entonces estas líneas como una exhortación para que ambos litigantes tomen consciencia del delicado rol que deben desempeñar por haber concebido y engendrado" a la niña, añadió la Sala.