Desde 2014, hubo casi 39 mil extranjeros rechazados para ingresar al país

Son las últimas estadísticas oficiales sobre el ingreso, permanencia y egreso de extranjeros al país. Se viene nuevos cambios.

Desde 2014, hubo casi 39 mil extranjeros rechazados para ingresar al país

Por: Mendoza Post

 El presidente Mauricio Macri busca  reformar las políticas migratorias del país y desde hace varios meses preparan un nuevo proyecto para endurecer el ingreso de inmigrantes al país.

¿Cómo funciona la ley migratoria Argentina?

Las cifras recopiladas por el postal de noticias ámbito.com pertenecen a la Dirección Nacional de Migraciones (DNM)y revelan que los  paraguayos lideran el ranking de inmigrantes con pedidos de permanencias temporaria y permanente en los últimos 12 años. Le siguen, en orden: bolivianos, peruanos, colombianos, brasileños, senegaleses, uruguayos, dominicanos, chinos, venezolanos, chilenos, ecuatorianos, españoles, estadounidenses e italianos.

Los paraguayos lideran el ranking de inmigrantes con pedidos de permanencias temporaria.

La DNM informó que de 2011 al 2015 se resolvieron 280.030 solicitudes de radicación permanente de los paraguayos, que explican el 40% de los requerimientos totales. Los bolivianos tramitaron 161.262 pedidos (25,5%), los peruanos 86.742 (13,72%), los colombianos 22.899 (3,62%) y los brasileños 21.543 (3,41%).

En los últimos cinco años de gestión kirchnerista se anotó la llegada al país de 21 millones de paraguayos, 18 millones de brasileños, 10 millones de uruguayos, 7 millones de chilenos y 2,7 millones de bolivianos, entre la primeras 20 nacionalidades. 

En el primer cuatrimestre de 2016, con Mauricio Macri en la Casa Rosada, 3 5.776 inmigrantes se radicaron en la Argentina, de los cuales 14.621 son paraguayos. El 90% de esos ingresantes, unas 32.364 personas, provienen de países del Mercosur. En menor medida vienen de otras naciones de América que no son del bloque común (1.168); de África (845); de Europa (711); de Asia (676) y apenas 12 de Oceanía.

En la distinción por sexo las mujeres sobrepasan a los hombres por muy poco: 51,82% versus 48,18%. Por edad, se reveló que casi 30% de los que ingresan posee entre 22 y 28 años, lo que implica que llegan en máximas condiciones laborales. Un 19% tiene entre 29 y 35 años, mientras que los menores de 21 totalizan 12,8%. En los primeros cuatro meses de 2016, la cantidad de chicos entre 8 y 14, adonde el oficialismo pretende reducir la edad de imputabilidad, llegó a 2.528.

Los datos oficiales también descubren que el grueso de los inmigrantes se instala en el área metropolitana. Más de 51% elige la provincia de Buenos Aires y 31% la Ciudad. En el Interior, los distritos preferidos son Córdoba, Santa Fe, Mendoza y Misiones, aunque las cuatro provincias juntas recibieron a 2.765 migrantes.

Más del 93% de los que deciden residir en territorio bonaerense optan por la zona metropolitana, principalmente por el primer y segundo cordón. Los municipios que más inmigrantes reciben son La Matanza (3.755), Moreno (1.379), La Plata (1.140) y Lomas de Zamora (1.001).

Rechazados

En 2014 se rebotó a 15.553 personas; en 2015 fueron 12.143, y en los primeros nueve meses del año pasado la cuenta ascendió a 10.457. Sin embargo, en los tres años las "expulsiones efectivas" por violación a la ley de Migraciones N° 25.871 llegaron a 6.926, de los cuales apenas 18 tenían menos de 17 años.

La información a la que accedió ámbito.com del Banco de Datos del Registro Nacional de Ingresos y Egresos de Personas al Territorio indica que los más rebotados fueron los paraguayos, seguidos por los brasileños, bolivianos y peruanos. 

Por no cumplir el inciso "c" del artículo 29 de la norma que ahora Macri pretende endurecer por decreto se rechazó a 1.890 personas: 562 en 2014; 659 en 2015 y 669 hasta septiembre de 2016. 

Ese apartado establece que será un impedimento el ingreso o permanencia en el territorio por "haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres (3) años o más".


La reglamentación vigente del artículo 29 aclaró que se entiende por "condenado" a aquel extranjero que registre una sentencia condenatoria firme y por "antecedente", a la condena no firme o el procesamiento firme dictados en su contra. "El antecedente o la condena que se registre en el exterior sólo serán computados cuando el hecho que los origina constituya delito para la ley argentina", sentenciaron.