PAMI deberá pagar el agrandamiento de pechos a una mujer "autopercibida"

La Justicia de Salta ordenó a la obra social que afronte los gastos de la operación por enmarcase en la Ley de Identidad de Género.

PAMI deberá pagar el agrandamiento de pechos a una mujer "autopercibida"

Por: Mendoza Post

La Cámara Federal de Salta indicó que el PAMI deberá pagar una operación para agrandar los pechos de una afiliada autopercibida mujer llamada Malena, de 44 años.

Según publicó Infobae, la cirugía debe ser cubierta como parte del Plan Médico Obligatorio y en virtud de la ley que establece el derecho a la identidad de género.

La Justicia sostuvo que se debe "garantizar el derecho a la salud de sus afiliados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho". Y recordó que "los fines de las obras sociales se encuentran enunciados en la ley 23.661 y son proveer el otorgamiento de prestaciones de salud igualitarias, integrales y humanizadas, tendientes a la promoción protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan a la mejor calidad disponible y garanticen a los beneficiarios la obtención del mismo tipo y nivel de prestaciones, eliminando toda forma de discriminación". 

Malena se sintió discriminada.

En 2019, Malena informó al PAMI que estaba en un tratamiento hormonal avanzado para adecuar su cuerpo a su identidad autopercibida. En ese contexto, explicó que padecía artrosis de cadera, hombros e hipoplasia mamaria bilateral. Y que frente a eso el médico le indicó la práctica de una mastoplastía, para que su cuerpo quedara armónico.

El problema surgió cuando el PAMI le indicó que no tenía un especialista para esa cirugía y tampoco autorizaron el presupuesto que pasó el cirujano al que había concurrido la paciente. Frente a eso, Malena decidió ir a la Justicia.

La respuesta del PAMI

Cuando el caso por a la Justicia, la obra social indicó que había otorgado cobertura médica "real e integral" de acuerdo a la "normativa vigente". Y tras subrayar que la atención era a través de prestadores, explicó que la demora es que no hay cirujanos plásticos que actúen como prestadores en Salta. 

El PAMI deberá cubrir la cirugía.

Además, el PAMI afirmó que ese tipo de operación "no se encuentra incluida en el PMO y que por lo tanto las obras sociales y otros agentes de salud no están obligados a brindarlas en forma gratuita, lo cual no significa rechazar la cobertura a la afiliada, sino explicar los motivos de una razonable demora en la coordinación de la cirugía".

El accionar de la Justicia

El juez federal Julio Bavio tomó el caso de Malena e hizo lugar al amparo el 8 de junio. La urgencia estaba justificada "por encontrarse en riesgo la salud" de la actora. Y resaltó que "la conducta de la demandada resulta arbitraria, puesto que la cirugía fue indicada en el marco de dicha ley y se encuentra incluida en el Plan Médico Obligatorio, y a pesar de ello y del tiempo transcurrido (más de un año) aún no fue autorizada por el PAMI". 

"En el amparo el juez debe abstenerse de producir la prueba ofrecida por las partes que fuese superflua o meramente dilatoria". Además, recordó que la ley de identidad de género y su decreto reglamentario tiene que cumplirse "toda vez que la finalidad perseguida por la actora no es otra que adecuar su cuerpo a su identidad de género autopercibida", agregó.

Luana Vulno Vulnovich, titular de PAMI.

El fiscal general de Salta estuvo de acuerdo en confirmar la sentencia. Y ahora los jueces María Ximena Saravia Peretti, Guillermo Elías y Mariano Catalano, de la Cámara Federal de Salta, ratificaron la decisión. 

Según remarcó Infobae, en los últimos días, la afiliada estuvo en la sucursal del PAMI y ya comenzaron las tareas administrativas para poder concretar la operación. 

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