Para jueces de la Cámara del Crimen, la reforma judicial es inconstitucional

Así lo manifestaron en un comunicado, al sostener que algunos puntos del proyecto del Ejecutivo chocan con la Carta Magna.

Para jueces de la Cámara del Crimen, la reforma judicial es inconstitucional

Por: Mendoza Post

Los jueces que integran la Cámara del Crimen lanzaron este miércoles duras críticas sobre la reforma judicial que impulsa el Gobierno y por unanimidad coincidieron en que varios de los cambios que incorpora son inconstitucionales.

Los magistrados, encabezados por su presidente Alberto Seijas, afirmaron en una acordada que el proyecto implica "el completo desguace y desmantelamiento del centenario fuero". "Omite toda referencia a la suerte que han de correr sus magistradas y magistrados que quedarán por completo privados de funciones una vez que se agote el trámite de las causas pendientes, lo que habrá de ocurrir en un tiempo relativamente breve una vez verificadas las transferencias de las competencias", subrayaron los jueces.

Remarcaron que "las únicas causales para el cese -además del cumplimiento de la edad prevista constitucionalmente- de las juezas y los jueces de la Nación en el cargo son su renuncia actual, expresa e incondicional, presentada al Presidente de la Nación, o bien su remoción, previo enjuiciamiento, en caso de comisión de delitos o mal desempeño de sus funciones".

"Carece de sostén constitucional la pretensión de transferir a juezas o jueces de la Nación a cualquier otra jurisdicción, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las juezas y los jueces Nacionales no puedan ser transferidos a la órbita local sin su consentimiento, pues la Corte se ha pronunciado acerca del traspaso de las competencias locales", enfatizaron los magistrados, que además plantearon que no se sabe qué pasará con funcionarios y empleados judiciales.

Ver: El presidente respondió a las críticas de la oposición por la reforma judicial

La acordada que surgió tras un encuentro por videoconferencia lleva las firmas de los camaristas Alberto Seijas, Mariano González Palazzo, Juan Esteban Cicciaro, Rodolfo Pociello Argerich, Julio Marcelo Lucini, Mauro Antonio Divito, Ricardo Matías Pinto, Mariano Scotto, Ignacio Rodríguez Varela, Hernán Martín López, Magdalena Laiño y Pablo Guillermo Lucero.

Evaluaron que, de concretarse, la reforma supondrá "el traspaso completo de sus competencias al Poder Judicial de la Ciudad" y la "selección por el Consejo de la Magistratura y posterior acuerdo del Senado de 23 de jueces para cubrir como subrogantes igual número de nuevos juzgados que se proyecta crear".

Ver: Este es el proyecto de la reforma judicial del Gobierno

"El fuero -computando también los tribunales orales- registra actualmente setenta y cinco vacantes en sus juzgados y vocalías, por lo que la ocupación de 23 jueces del fuero en las mayores labores implicadas en la atención simultánea de sus Tribunales y de los nuevos juzgados federales ha de resentir la administración de justicia. Esto con el agravante de la naturaleza de los asuntos de nuestra competencia, constituida por los hechos que en mayor medida afectan a los ciudadanos comunes, en tanto víctimas de homicidios, lesiones, despojos", indicaron en la acordada.

A la vez, evaluaron que otra "objeción, en tanto contraria a la Constitución y las Convenciones, merece la pretensión de privar a los tribunales del fuero de toda competencia y, consecuentemente, de jurisdicción, con el alcance de una suspensión de hecho o una suerte de puesta en comisión de los jueces".

Ver: La UCR dice que la reforma judicial busca "reeditar la Corte de los '90" 

"Es indiferente que ello sea consumado a plazo -por cierto cercano- en tanto el proyecto lo supone como resultado inexorable, y no contiene recaudo alguno relativo a la continuidad de sus funciones", señalaron los magistrados, que evaluaron que "ello supone tanto la afectación a las garantías constitucionales de estabilidad e intangibilidad de la función judicial, como un trato desigual hacia el conjunto de los jueces afectados".

A la vez, afirmaron que "el sistema de selección directa, independientemente de las mayorías que han de exigirse en el Consejo de la Magistratura o de la previsión del acuerdo del Senado, se aparta de la regla del sorteo, mecanismo fundamental de tal ordenamiento".

Y agregaron: "En suma, en el supuesto de conservar la Nación los recursos humanos de la Justicia Nacional, en lugar de desguazarlos, desperdigarlos y someterlos a una larga agonía funcional y disponerse a edificar nuevamente (como en 1992) sobre los cimientos de lo que se ha tenido por errado, podrá aplicarlos a la mejora de la Justicia Federal, cuanto menos para reforzar el juzgamiento de las modalidades delictivas enunciadas".

Esta nota habla de: