Empleadores deben registrarse hasta el 3 de julio para recibir la ATP

Afip habilitó el registro para que los empleadores reciban la asistencia para pagar el 50% de los salarios

Empleadores deben registrarse hasta el 3 de julio para recibir la ATP

Por: Mendoza Post

La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó el sistema de registración online al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.

Ayer, el presidente Alberto Fernández confirmó que el gobierno mantendrá durante el mes de julio la asistencia a las empresas para cubrir el 50% de los salarios a cobrar en agosto.

Para solicitar la ayuda correspondiente al mes de junio, hay tiempo hasta el 3 de julio próximo, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en afip.gov.ar.

Las empresas deben registrarse aunque ya hubieran cobrado la ATP en meses anteriores.

Ver también: "Menos empresas y menos trabajadores recibirán la ATP"

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho, deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.

La carga de la información se realiza a través del servicio web "Simplificación Registral".

No es necesario que sea una cuenta sueldo sino que puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.

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