El gobernador difundió el protocolo para las actividades habilitadas

Rodolfo Suarez publicó en su cuenta de Twitter las medidas de seguridad que deben seguir el comercio en general, agencias de lotería y quiniela, bares, cafés y restaurantes, mudanzas y servicio doméstico.

El gobernador difundió el protocolo para las actividades habilitadas

Por: Mendoza Post

El gobernador Rodolfo Suarez publicó en su cuenta de Twitter el decreto provincial con los protocolos para las cinco actividades liberadas a partir de hoy en la provincia: comercio en general (incluye inmobiliarias, empresas de servicio como telefonía, reparación de calzado y otras actividades comerciales), agencias de lotería y quiniela (con atención individual y distanciamiento social), bares, cafés y restaurantes (con modalidad "pase y lleve"), mudanzas y servicio doméstico.

Los protocolos han sido revisados y aprobados por el Comité de Vigilancia epidemiológica del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, y publicados en el decreto provincial nº 531, con las siguientes normas generales:

1. Distanciamiento social

2. Higiene de manos

3. Higiene de la tos (toser o estornudar en el pliegue del codo)

4. Uso adecuado de tapabocas (debe cubrir nariz, boca y mentón)

Ver también: Nación autorizó comercio, servicio doméstico, bares, quiniela y mudanzas en Mendoza

En todas las actividades permitidas deberá procurarse evitar las esperas y las filas de público, aun cuando las mismas se desarrollen al aire libre (veredas o espacios abiertos). Aun así, si se diera el caso en que las actividades requieran algún tipo de espera, deberán cumplir con las pautas establecidas en el punto anterior.

Las personas con los siguientes síntomas: dificultad respiratoria, fiebre, tos seca, mialgias (dolor muscular), disnea (ahogo o dificultad en la respiración), odinofagia (dolor de garganta), rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales), diarrea y/o que hayan viajado fuera de la provincia (territorio nacional o al exterior) o que hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en los últimos veintiún (21) días, NO DEBEN REALIZAR NINGUNA DE ESTAS ACTIVIDADES y deben consultar por los medios habilitados (0 800 800 26243 - 148).

Adicionalmente, y en aras de mantener a la población en situación de prevención frente a la posible propagación del virus COVID-19, se dispone un sistema de turnos de asistencia para clientes a los distintos comercios, locales y/o estudios de la forma que seguidamente se detalla:

Las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los días lunes, miércoles, viernes, en horario de 10.00 a 18.00 horas. Los días domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza en horario de 10:00 a 14:00 horas.

Las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los días martes, jueves, sábados en horario de 10.00 a 18.00 horas. Los días domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza en horario de 14:00 a 18:00 horas.

Para desplazamientos desde y hacia los lugares, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para permitir liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar el sistema público de transporte.

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Cualquier incumplimiento, y especialmente la circulación y/o permanencia en la vía pública, comercio de cualquier tipo, estudio, oficina, o cualquier otro espacio de personas cuya terminación del DNI no corresponda con el día especificado en los puntos anteriores, será causal de las sanciones previstas por el ordenamiento legal vigente, sin perjuicio de las que la respectiva Municipalidad estime corresponder en función de la gravedad de la falta y/o su reincidencia.

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