Cómo funcionará el Poder Judicial de Mendoza a partir de este lunes

Desde este lunes "reabre" Tribunales, tal como lo dispuso la Suprema Corte. Cómo funcionará, qué fueros, qué trámites pueden presentarse y cómo.

Cómo funcionará el Poder Judicial de Mendoza a partir de este lunes

Por: Mendoza Post

Este lunes, y luego de la publicación de la acordada N° 29.526, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió que la Justicia de Mendoza comience a retomar su normal funcionamiento con la apertura de todos los tribunales de la provincia. 

Todo el personal que se desempeñe en el Poder Judicial retoma hoy sus tareas normales y habituales en su puesto de trabajo, con la salvedad de que integre uno de los grupos de riesgo conocidos. 

Se decidió luego de que el  Gobernador de la Provincia dispusiera en el ámbito de toda la provincia exceptuar del aislamiento social, preventivo y obligatorio lo relativo al desarrollo propio de las actividades de las profesiones liberales -tales como la abogacía- con turno previamente establecido en toda la Provincia.

Según la acordada, es "a fin de propender a la normalización paulatina del servicio de justicia, siempre teniendo en cuenta la seguridad sanitaria de quienes prestan servicio en nuestros Juzgados y de aquellos que asisten a los mismos". 

¿Qué tribunales y fueros funcionan?

La apertura es de todos los Tribunales de la Provincia en sus distintas instancias y fueros a partir de este lunes 11 de mayo. 

¿Cuándo será la atención?

La atención será solo de lunes a jueves de 9 a 14 y según la terminación del DNI, tal y como reglamentara la circulación el decreto del Poder Ejecutivo provincial. Esto significa que los días lunes y miércoles se atenderán a las personas cuya terminación de DNI sea 1, 2, 3, 4 y 5. Y los días martes y jueves aquellas personas cuyo documento finalice en 6, 7, 8, 9 y 0. 

Los días viernes serán destinados a trabajo interno y a la realización de audiencias y/o cualquier acto que estuviere previamente agendado para ese día.

¿Cómo se consigue el turno?

El turno de asistencia podrá gestionarse mediante la aplicación PJM-ExPreS (disponible para dispositivos Android), o a través de comunicación telefónica a los números consignados en la página web del Poder Judicial

En el fuero Tributario la asignación de turnos a los Recaudadores y Oficiales de Justicia Ad-hoc, solo podrán hacerse telefónicamente.

¿Se puede retirar un expediente?

Quedó prohibido el préstamo de expedientes en todo fuero o instancia. Solo podrán ser compulsados por el profesional previa higiene sanitaria con el producto desinfectante pertinente y podrán digitalizarse o fotografiarse. 

En el caso de expedientes que se hubieran prestado con anterioridad, y que fueren devueltos por el profesional, deberán reposar en un lugar reservado conforme los protocolos sanitarios vigentes y ser desinfectados con los artículos de limpieza pertinentes; debiendo cada tribunal identificar el lugar destinado para su reserva y el diseño del circuito de circulación interna necesario para evitar el contacto entre expedientes en reserva que hubieren ingresado en fechas diferentes.

¿Cómo se ingresa una presentación judicial?

El medio de ingreso de las presentaciones judiciales será a través de la Mesa de Entradas Escritos Digitales (MEED) en toda la Provincia, a excepción de los escritos ratificatorios que serán presentados en las mesas de entradas generales o buzón físico habilitado a tal fin.

¿Cuándo se podrán tramitar causas judiciales?

En todas las instancias y fueros de las cuatro circunscripciones judiciales de la Provincia se habilitan a partir del lunes 18 de mayo la tramitación de las causas judiciales. Sin embargo, a partir de esa fecha el Juez en cada caso podrá, ante la falta de personal o por aplicación de las normas sanitarias vigentes, disponer de oficio o pedido de parte la suspensión del proceso, en los términos y condiciones de la normativa aplicable. 

Queda exceptuado -en los fueros Civil, Comercial, Paz, Tributario, Concursal, Laboral, Familia y Violencia Familiar- el cumplimiento de los plazos procesales aplicables para proveer, publicar y dar trámite a los escritos hasta el 1 de junio.

¿Qué medidas de higiene se tomarán?

 Se encomendó a los Secretarios, Administradores, o superiores jerárquicos de cada dependencia la organización del personal presencial, y deberán controlar que el personal que desarrolle sus tareas en forma presencial, lo haga respetando durante toda la jornada laboral el distanciamiento social (2 metros entre personas), higiene de manos, uso adecuado de tapabocas (debe cubrir nariz, boca y mentón) e higiene de la tos (toser o estornudar en el pliegue del codo)

En el caso de que el responsable de la dependencia considere que el espacio físico y la distribución de mobiliario de la oficina o dependencia no permite mantener el distanciamiento social de las personas que se encuentren cumpliendo funciones en forma presencial, deberá solicitar la intervención de las áreas técnicas del departamento de mantenimiento, para que se determine el número de agentes que pueden cumplir funciones en forma simultánea. Una vez determinado ello, de ser necesario, se deberá disponer un sistema de rotación de personal a los fines de alternar el trabajo presencial y en forma remota.

La acordada


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