Así tenés que anotarte para que no te corten internet, el teléfono y el cable

El formulario está disponible para aquellas personas que acrediten una merma del 50% o más en su capacidad de pago, monotributistas clase C y D y centros con fines comunitarios.

Así tenés que anotarte para que no te corten internet, el teléfono y el cable

Por: Mendoza Post

 El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) habilitó la inscripción online para personas físicas, monotributistas categorías C y D, que acrediten una merma de 50% o más en su capacidad económica, así como para asociaciones civiles con fines comunitarios, culturales o deportivos para solicitar la suspensión de corte por falta de pago en servicios de telefonía fija y móvil, internet y TV por cable.

Los interesados con mora en facturas por hasta tres meses con vencimientos posteriores al 1 de marzo deberán completar el formulario online en el sitio https://www.formularioenacom.gob.ar/ y acreditar los requisitos a fin de confeccionar un listado que será remitido a las empresas prestadoras para que suspendan los cortes y habiliten el acceso a un servicio básico hasta la regularización de la situación.

El formulario deberá ser completado únicamente por los usuarios particulares que acrediten una merma de 50% o más en su capacidad de pago; monotributistas de las categorías C y D, que acrediten una merma de 50% o más en su facturación mensual y asociaciones civiles constituidas como clubes de barrio, centro de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.

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El servicio de televisión por cable está incluido en la disposición de Enacom.

Los usuarios deberán aclarar la situación por la que solicitan la inclusión en el listado; completar un único formulario indicando uno o más servicios por los que realiza la presentación y tendrán prioridad de respuesta los usuarios con notificación de corte en curso, informó hoy el organismo.

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Por su parte, las prestadoras deberán habilitar facilidades de pago que deberán prever ser abonadas en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas, no pudiendo aplicar intereses moratorios, compensatorios ni punitorios, ni ninguna otra penalidad, manteniendo esta medida por el plazo de 180 días corridos.

Quienes acrediten una pérdida del 50% en su capacidad de pago, pueden pedir que no les corten el teléfono. 


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