Se espera el decreto reglamentario para "liberar" actividades en Mendoza

Luego de ello, ópticas, laboratorios de análisis, comercios minoristas y dependencias estatales, entre otros, podrán operar con entregas a domicilio, atención online y turnos previos.

Se espera el decreto reglamentario para "liberar" actividades en Mendoza

Por: Mendoza Post

A partir de hoy, se anunció que entraría en vigencia la habilitación para realizar distintas actividades que hasta ahora estaban prohibidas, reducidas o bien limitadas debido al decreto de aislamiento preventivo social y obligatorio dictado hace un mes por el Poder Ejecutivo. Para que ello se haga efectivo, solo hace falta el decreto reglamentario, que podría ser publicado esta misma tarde en Mendoza. 

A continuación el detalle de cada uno de los diferentes rubros que, luego de ello, podrán desarrollarse:

- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

- Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

Quiénes trabajen en estos rubros deberán presentar el Certificado de Circulación Covid - 19.

- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

Ver: Liberan un amplio número de actividades en Mendoza a partir del lunes

- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

- Ópticas, con sistema de turno previo.

Quiénes son los usuarios que pueden no pagar celulares, luz, gas e internet 

- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo

- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Estas son las actividades que Suarez va a pedir que sean flexibilizadas


Las clínicas odontológicas podrán desarrollar su actividad nuevamente.

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