Quienes están exceptuados de tramitar el Certificado Único de Circulación

El trámite debe hacerse antes del próximo 6 de abril, para el resto de las personas.

Quienes están exceptuados de tramitar el Certificado Único de Circulación

Por: Mendoza Post

Desde este miércoles, para transitar por las calles del país, ante el aislamiento social preventivo y obligatorio, se necesita del Certificado Único de Circulación, el cuál se tramita a través de la página del gobierno: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/inicio-publico.

El sitio colapsó desde el pasado lunes debido a la cantidad de personas realizando las gestiones, por lo que en la provincia tomaron la iniciativa de que todavía pueda circularse con las declaraciones juradas y permisos especiales, hasta que se normalice la situación del sitio web.

La siguiente es la lista de los casos exceptuados del cumplimiento del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno a raíz de la pandemia de coronavirus, el resto deberá hacer el trámite y tienen tiempo hasta el 6 de abril. 

-Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

-Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

-Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

-Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

-Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

-Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

El personal afectado a comedores debe tramitar el certificado

-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

-Actividades de telecomunicaciones, Internet fija y móvil y servicios digitales.

-Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

La recolección de basura continúa

-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

-Servicios postales y de distribución de paquetería.

-S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos. 

El personal del Transporte Público debe tramitar el permiso

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