Domiciliaria a un violador para que no se contagie de Covid-19 en la cárcel

Ocurrió en provincia de Buenos Aires. La Justicia entendió que en el penal de Ezeiza su vida "está en riesgo".

Domiciliaria a un violador para que no se contagie de Covid-19 en la cárcel

Por: Mendoza Post

 Un hombre condenado a seis años de cárcel por violación fue beneficiado con prisión domiciliaria por la Justicia de San Martín que, a pesar de considerar que puede cometer otros delitos y fugarse, evaluó que su vida estaría "en juego" si en prisión llegara a enfermarse de coronavirus.

Se trata de Miguel Ángel Holotte, quien fue beneficiado por un fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 5 de San Martín a raíz de un planteo de su defensor oficial para que cumpla la condena en su casa en vez de en el Complejo Penitenciario I de Ezeiza. El defensor argumentó que el condenado "padece antecedentes de tabaquismo, cardiopatía, nefropatía, anemia, litiasis vesicular, insuficiencia renal, hiperlapsia prostática con aumento de tamaño testicular derecho, además de tener colocados dos stent y encontrarse medicado en forma diaria".

El 28 de febrero, en un juicio abreviado, Holotte fue condenado a seis años de prisión por el mismo TOF, integrado por los jueces María Claudia Morgese Martín, Esteban Rodríguez Eggers y Matías Mancini.

La cárcel de Ezeiza. 

El hombre fue encontrado responsable del delito de "abuso sexual con acceso carnal -por vía oral-, en el cual la víctima no pudo consentir libremente la acción -reiterado en dos oportunidades-, en concurso ideal con el delito de promover la corrupción y menores de dieciocho años que concurren realmente con el delito de facilitación y divulgación de representaciones de partes genitales de menores de dieciocho años de edad", según el fallo al que accedió Télam.

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Al momento de pedir la prisión domiciliaria, el defensor recordó el informe del Cuerpo Médico Forense que, al examinar a su asistido, estableció que "la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impediría a Holotte recuperarse adecuadamente de sus dolencias".

Por tal motivo, el Tribunal, al momento de resolver, consignó en el fallo todas las medidas que el Gobierno Nacional y la Justicia tomaron para combatir la pandemia del Covid-19.

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"La general situación de las cárceles relativa a la superpoblación, la falta de higiene y recursos sanitarios y el consecuente mayor riesgo de propagación de enfermedades contagiosas y menor posibilidades de atención médica eficiente; en especial, la del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, donde se encuentra alojado el imputado", fueron algunas de las consideraciones de los jueces.

"Las irrefutables y reconocidas condiciones carcelarias señaladas confluyen en un escenario óptimo para la transmisión de enfermedades virales, circunstancia ésta de máxima relevancia dada la principal característica que define al Covid-19: su enorme facilidad de contagio y, por ende, la rapidez de su propagación, que impide a la cualquier estructura sanitaria brindar una respuesta médica eficiente", sostuvo el TOF.

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Los jueces afirmaron que "la única alternativa viable es la de conceder a los internos más vulnerables la prisión domiciliaria, hasta tanto el estado pandémico cese".

Si bien aclararon que con esa medida "no está garantizado" que no sufran la enfermedad, "la velocidad de un eventual contagio de ese número de personas sería sensiblemente menor y, por ende, más favorable la expectativa de una atención médica eficiente, el imputado tendría las mismas oportunidades de atención médica que cualquier otro ciudadano y las cárceles tendrían menos población".

La defensa expuso que es un persona en "riesgo" por antecedentes médicos.

El Tribunal de San Martín también advirtió que "existe una posibilidad cierta de que en caso de serle concedida la prisión domiciliaria a Holotte, este intente fugarse y, con ello coexiste el riesgo de que el nombrado cometa otro delito (sin desatender y lamentar la grave naturaleza de los hechos por los que fue condenado)".

Sin embargo, los magistrados consideraron que "ninguna de tales hipótesis puede fundar el rechazo del arresto domiciliario cuando lo que está en juego es la vida" del condenado.

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Finalmente, el TOF 5 concedió la morigeración por "el plazo durante el cual se encuentren vigentes los riesgos inherentes al contagio del Covid-19, con su vigilancia mediante un dispositivo electrónico de control" para evitar la fuga.

Además, le impusieron a Holotte "la prestación por sí o por un tercero de una caución real por la suma de 100.000 pesos" y previamente a efectivizarse el traslado a su casa deberán realizarle un examen de laboratorio para descartar que tenga coronavirus.

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