Absolvieron a los dueños de "Seriesyonkis" en un juicio por piratería

La sentencia genera un precedente a nivel mundial sobre legislación de derechos de autor. Aseguran que no se los puede juzgar porque fueron enlaces creados por "terceros".

Absolvieron a los dueños de "Seriesyonkis" en un juicio por piratería

Por: Mendoza Post

La justicia española absolvió a los fundadores de "Seriesyonkis" en lo que fue el juicios más grande contra piratería de de España. La sentencia significa un precedente a nivel mundial sobre legislación para proteger los derechos de autor. 

Seriesyonkis se trató no solo del sitio más importante para ver películas y series en la web de España, sino también del mundo. Tanto que Alberto García Sola, fundador de la web, como los sucesivos propietarios, fueron llevados a la Justicia en lo que se convirtió en el juicio por piratería más grande celebrado en el país europeo.

Durante el juicio, García Sola dijo una y otra vez que él era "solo el programador", que lo demás lo hacían los internautas y que había creado las webs, tanto Seriesyonkis como Peliculasyonkis, como "hobby".

En la sentencia, que se conoció este viernes e informó el diario  El País, se absolvió a los acusados "del delito contra la propiedad intelectual por el que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares, declarando de oficio la costas causadas".

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Los acusados, -el propio García Sola y Alexis Hoepfner, Jordi Tamargo y David Martínez, sucesivos dueños de Seriesyonkis- se enfrentaban a hasta cuatro años de prisión por un delito contra la propiedad intelectual.

El sitio era una de los lugares donde se podían ver series piratas

"Se ha criminalizado la conducta de enlazar ofreciendo listados ordenados y clasificados de obras, aunque los enlaces hayan sido facilitados por otros. En definitiva, las páginas objeto de autos, según consta acreditado, eran páginas que facilitaban enlaces, proporcionados por terceras personas no identificadas en este procedimiento, los cuales redirigían a otras páginas del megaservidor que el uploader hubiera utilizado para su alojamiento, sin guardar en ellas los propios contenidos", concluye la sentencia absolutoria.

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