Lo que hay saber del nuevo Código Procesal Laboral

Aquí las principales características del nuevo compendio de procedimientos para las causas laborales en Mendoza que aprobó el Senado.

Lo que hay saber del nuevo Código Procesal Laboral

Por:Jorge Fernández Rojas
Periodista/Analista

El Senado aprobó durante la sesión de hoy martes, el proyecto de Ley del Ejecutivo. Se modificaron diversos artículos del Código Procesal Laboral (CPL).

El ministro de Gobierno, Lisandro Nieri junto al subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino. 

La norma en tratamiento volvió en segunda revisión de la Cámara de Diputados. Hubo cambios en los artículos 1°, 5 bis, 21 y 38.

"En Diputados hubo cambios en algunos incisos de artículos, pero que no modificaron lo sustancial del proyecto originado en el Senado. Por eso con estas modificaciones avanzamos con la sanción definitiva", señaló el presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), el radical Marcelo Rubio.

La seguridad de Rubio está apuntada porque en la Cámara baja (donde volverá el proyecto para su revisión) se respetó "la caducidad de instancia, la conformación del cuerpo de peritos, la mayor oralidad, la celeridad e inmediatez. Sólo se puso énfasis en Diputados al amparo sindical, lo demás en el proceso quedó igual".

Las aristas sobresalientes de la reforma

1- Se cambia el monto y la forma de pago para los peritos judiciales. Con el nuevo CPL se pagará un monto fijo por juicio y se abonará en un plazo de cinco días luego de hacer el peritaje.

2- Se prevé la aplicación de fallos plenarios entre las cámaras laborales para buscar criterios concordantes y evitar que los casos lleguen a la Corte y se dilaten más los procesos. Esto ocurrirá si no hay fallos superiores que anteceden y marcan jurisprudencia.

El senador Marcelo Rubio presidente de la Comisión de Legislación junto a Nieri.

3- Se reducirán los tiempos de resolución de las causas. Actualmente el promedio es de tres años. Se aspira que sea no más de un año.

4- Se da término a los procesos hasta un año de iniciado. Transcurrido ese plazo caducará. Apunta a agilizar el trabajo de los abogados y así evitar especulaciones con los tiempos judiciales.

"Lo que incorporamos para que opere la Caducidad de instancia es la previa notificación fehaciente en el domicilio real del trabajador para avisarle que su juicio no está siendo llevado adelante por parte del abogado, lo que repercute en una mejor protección para el trabajador porque si este tiene intención de seguir adelante con el proceso entonces podrá buscar otro abogado o instruir al que ya tiene para seguir el proceso todo lo cual redunda en mayor seguridad jurídica e implica la posibilidad de que no tengamos causas eternas, lo cual es intolerable", señaló el subsecretario de Justicia Marcelo D'Agostino el agosto cuando presentó el proyecto reformador en la Legislatura.

5- Se incorpora la "audiencia inicial" que es una instancia de conciliación. "La intención es que se incorporen las audiencias preliminares para llegar a una solución del conflicto adelante del juez. Esto garantizará la protección del trabajador y con presencia de las partes, para poder resolver el juicio en tiempos oportunos", explicó el subsecretario de Justicia en agosto pasado.

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