El Gobierno estableció por resolución una actualización en ocho tramos, luego de que empresarios y representantes sindicales no lograran un acuerdo en el Consejo del Salario. El nuevo esquema también modifica los pisos y techos de la prestación por desempleo.
El salario mínimo sube desde septiembre y llegará a $437.000 en abril de 2027
El Gobierno nacional estableció el nuevo esquema para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que partirá de $383.800 mensuales desde el 1° de septiembre de 2026 y llegará a $437.000 en abril de 2027. La actualización fue dispuesta mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada este miércoles 2 de septiembre de 2026 en el Boletín Oficial.
La medida contempla ocho valores mensuales consecutivos y alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores. Para quienes trabajan jornadas inferiores a la legal, el salario mínimo se aplicará de manera proporcional.
Los ocho aumentos previstos hasta abril de 2027
El nuevo esquema establece los siguientes valores, tanto para trabajadores mensualizados como jornalizados:
| Mes | Salario mínimo mensual | Valor por hora |
|---|---|---|
| Septiembre 2026 | $383.800 | $1.919 |
| Octubre 2026 | $391.200 | $1.956 |
| Noviembre 2026 | $398.800 | $1.994 |
| Diciembre 2026 | $406.400 | $2.032 |
| Enero 2027 | $414.200 | $2.071 |
| Febrero 2027 | $422.000 | $2.110 |
| Marzo 2027 | $429.600 | $2.148 |
| Abril 2027 | $437.000 | $2.185 |
Los montos mensuales corresponden a quienes cumplen la jornada legal completa, mientras que los valores por hora se aplican a los trabajadores jornalizados.
En términos nominales, entre septiembre de 2026 y abril de 2027 el salario mínimo tendrá una suba de $53.200, equivalente a aproximadamente 13,9%.
Por qué el Gobierno decidió fijarlo por laudo
La actualización se produjo después de la reunión del Consejo del Salario convocada para el 28 de agosto, que terminó sin consenso entre las partes.
Según los fundamentos de la Resolución 4/2026, durante el encuentro hubo un "extenso intercambio de opiniones", pero no fue posible alcanzar un acuerdo para establecer los nuevos valores. Por ese motivo, el Poder Ejecutivo aplicó el mecanismo previsto por la normativa y determinó los montos mediante un laudo.
La propuesta empresaria contemplaba un aumento de 1,8% para septiembre y de 1,7% para los meses siguientes hasta abril, pero fue rechazada por la CGT y las dos CTA, que se retiraron de la reunión virtual.
El Consejo del Salario reúne a representantes de los trabajadores, empleadores, el Estado nacional y los gobiernos provinciales y tiene, entre otras funciones, la de establecer el piso salarial para los trabajadores.
La situación vuelve a colocar al Poder Ejecutivo en el centro de la definición, como ya había ocurrido el año pasado, cuando el Gobierno determinó por laudo una actualización distribuida en diez tramos.
El salario mínimo acumula una fuerte pérdida frente a la inflación
El nuevo esquema se conoce en un contexto de fuerte deterioro del poder adquisitivo del salario mínimo.
Un análisis de especialistas del Instituto Interdisciplinario de Economía Política de Buenos Aires (IIEP-UBA) estimó que el salario mínimo real acumuló una caída de 40,5% entre noviembre de 2023 y julio de 2026.
De acuerdo con ese cálculo, el salario mínimo equivalente a $626.106 en noviembre de 2023, medido en términos reales, se redujo a $372.400 en julio de 2026.
La comparación permite dimensionar la pérdida de poder de compra acumulada durante ese período, más allá de los incrementos nominales que tendrá el nuevo esquema hasta abril del año próximo.
Cómo impactará en la prestación por desempleo
La Resolución 4/2026 también mantiene la fórmula para determinar la Prestación por Desempleo.
El beneficio equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual que el trabajador haya percibido durante los seis meses anteriores al cese de la relación laboral.
Al mismo tiempo, existen dos límites vinculados directamente con el salario mínimo:
El beneficio no puede ser inferior al 50% del SMVM vigente.
Tampoco puede superar el 100% del salario mínimo vigente.
Por lo tanto, los límites de la prestación se modificarán automáticamente cada vez que entre en vigencia uno de los nuevos valores establecidos entre septiembre de 2026 y abril de 2027.
El Gobierno busca elevar los pisos de los salarios de convenio
La discusión sobre el SMVM se desarrolla, además, en paralelo con un intento del Gobierno de promover nuevas negociaciones entre sindicatos y empresas para elevar los salarios establecidos en los convenios colectivos.
Desde el Ejecutivo plantearon como referencia un piso de $1 millón bruto, que podría representar alrededor de $830.000 de bolsillo, aunque el monto neto dependerá de cada situación particular.
Una fuente del Gobierno explicó que, a partir de la nueva legislación laboral, se convocó a las partes involucradas en los distintos convenios a negociar nuevos acuerdos y se les transmitió la sugerencia: "Júntense y traten de subir los pisos".
De todos modos, desde el propio Ejecutivo aclararon que se trató de conversaciones informales y no de una disposición que establezca ese monto como obligatorio para todos los convenios. La Secretaría de Trabajo mantiene la responsabilidad de homologar los acuerdos alcanzados entre empleadores y sindicatos.
Con información del Boletín oficial, editó Carina Pérez




