Caputo enviará al Congreso una nueva reforma tributaria

La iniciativa busca corregir aspectos del sistema simplificado administrado por ARCA, ampliar beneficios para los contribuyentes y responder a los reclamos de los consejos profesionales por las dificultades del régimen vigente.

Caputo enviará al Congreso una nueva reforma tributaria

El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará este miércoles el proyecto Inocencia Fiscal II, una iniciativa que será remitida al Congreso con el objetivo de modificar el Régimen Simplificado de Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

La propuesta busca introducir cambios a la normativa sancionada a comienzos de este año, que reformó el Régimen Penal Tributario y creó un esquema simplificado para la liquidación del Impuesto a las Ganancias. Esa ley permitió, entre otros puntos, utilizar ahorros de hasta $100 millones sin consecuencias fiscales para los contribuyentes alcanzados por el régimen, siempre que no superen ingresos anuales de $1.000 millones ni un patrimonio de $10.000 millones.

Cambios para evitar la pérdida de beneficios

Uno de los principales objetivos del nuevo proyecto es atender las observaciones realizadas por los consejos profesionales de ciencias económicas, que advirtieron sobre el riesgo de que los contribuyentes perdieran los beneficios del régimen por diferencias detectadas por ARCA en las declaraciones juradas.

Para resolver ese problema, el Gobierno propondrá eliminar los límites actualmente establecidos y habilitar la rectificación de las declaraciones juradas cuando existan inconsistencias. De esta manera, quienes regularicen su situación podrán mantener los beneficios previstos por el régimen simplificado sin quedar automáticamente excluidos.

El texto también establece que los fondos alcanzados por la presunción de exactitud contemplada en la ley conservarán un tratamiento especial hasta el 31 de diciembre de 2027.

Además, la iniciativa incorpora mayores garantías para los contribuyentes al establecer que ARCA solo podrá objetar una declaración jurada cuando cuente con información objetiva que demuestre diferencias relevantes. También prevé la exención de determinadas multas para quienes hayan regularizado previamente ajustes en los impuestos a las Ganancias o al IVA y adhieran al nuevo régimen.

Umbrales más altos para los delitos tributarios

La reforma mantiene los cambios introducidos por la legislación vigente respecto de los montos mínimos para configurar delitos de evasión fiscal.

En ese sentido, el piso para el delito de evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones, mientras que el umbral para la evasión agravada aumentó de $15 millones a $1.000 millones.

La normativa también actualizó los montos correspondientes a otras figuras previstas en el Régimen Penal Tributario, como la utilización de facturación apócrifa, la apropiación indebida de impuestos retenidos y el aprovechamiento irregular de beneficios fiscales.

Asimismo, continúa vigente la posibilidad de que ARCA no impulse una denuncia penal cuando el contribuyente regularice su situación antes del inicio de una causa judicial o cancele la deuda junto con los intereses y recargos dentro de los plazos establecidos.

Otro de los cambios ya incorporados redujo de cinco a tres años el plazo de fiscalización para reclamar tributos omitidos, aplicar sanciones o promover denuncias vinculadas con operaciones no declaradas.

Quiénes podrán adherirse

El régimen está destinado a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en la Argentina que, durante los tres ejercicios fiscales considerados, hayan registrado ingresos de hasta $1.000 millones, un patrimonio de hasta $10.000 millones y que no estén categorizados por ARCA como grandes contribuyentes nacionales.

La prórroga de Ganancias y el pedido de los contadores

La presentación de Inocencia Fiscal II se produce pocos días después de que el Gobierno extendiera hasta el 27 de agosto el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025 para personas humanas.

No obstante, el vencimiento para el pago del impuesto se mantuvo para el 27 de julio, mientras que el primer anticipo fue reprogramado para septiembre.

La decisión fue adoptada tras una serie de reuniones entre el Ministerio de Economía, ARCA y los consejos profesionales de ciencias económicas, que reclamaban una prórroga y modificaciones al régimen simplificado debido a las dificultades operativas detectadas y a los riesgos que representaba para los contribuyentes perder los beneficios por diferencias formales en las declaraciones.

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